El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Piero Corvetto, rechazaron el dictamen aprobado por la Comisión de Constitución del Congreso que establece que el futuro Senado tenga el poder de designar y remover a los jefes de organismos electorales.
“La reforma aprobada por la comisión de Constitución y reglamento establece que un órgano político como el Senado designe y remueva a las autoridades electorales, lo cual implica que tanto la designación como la permanencia en el cargo de dichas autoridades se realicen sobre la base de una valoración política y no de carácter técnico y de idoneidad para el cargo”, se lee en el comunicado.
Asimismo, añadieron que el poder político tendría intervención en la organización de las elecciones y supervisarían procedimientos que se encuentran relacionados a su intereses partidarios, lo que vulneraría la independencia y autonomía de los organismos electorales.
“La actuación de los organismos electorales es eminentemente técnica, por lo que es necesario garantizar su independencia y neutralidad, la afectación de estos principios no solo repercute en la organización de los procesos electorales o en la justicia electoral, sino en el ejercicio efectivo de la democracia representativa, la cual es la base del estado de derecho”, advirtieron.
Finalmente, pidieron al pleno del Congreso que reflexione sobre el contenido del dictamen aprobado y considere los riesgos que representa a la democracia en los próximos años.
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¿Qué plantea el dictamen?
En el texto sustitutorio aprobado por el grupo de trabajo se incluyen cambios a los artículos 182 y 183 de la Constitución Política, referidos al nombramiento de los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).
Actualmente, el texto precisa que dicha función corresponde a la JNJ. Sin embargo, el dictamen aprobado delega ahora esta prerrogativa al Senado, el cual se reinstalará a partir del 2026, tras la aprobación de la reforma constitucional que restablece la bicameralidad.
Según la modificatoria de los artículos, los titulares de ambos organismos electorales podrán ser removidos por la futura Cámara de Senadores con la misma votación con la que fueron elegidos. Se mantiene lo referido a su nombramiento por un periodo de cuatro años, renovable.}
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