La Municipalidad de Surco emitió la Ordenanza N° 707-MSS que regula el comercio ambulatorio de venta de helados, venta de emoliente y bebidas tradicionales, y canillitas en espacios públicos en dicho distrito.
Dicho documento tiene por objeto regularizar a los comerciantes ambulantes debidamente empadronados al 30 de mayo del 2024, estableciendo un marco normativo único con los criterios administrativos, técnicos y legales para la obtención de la Autorización Municipal Temporal que les permita trabajar.
Asimismo, busca garantizar que la actividad comercial ambulatoria, temporal a autorizarse en los espacios públicos del distrito, se desarrolle de manera ordenada en estricto cumplimiento de las condiciones de seguridad, limpieza, ornato y respeto a la tranquilidad de los vecinos.
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“El comercio ambulatorio autorizado en espacios públicos regulados del distrito es temporal y excepcional, estableciéndose su vigencia por 1 año, pudiéndose renovar por el mismo periodo, previa evaluación técnico legal”, añadió.
Autorización municipal temporal
El texto señala que la autorización municipal temporal es otorgada por la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, a través de una resolución que apruebe el otorgamiento de autorización a la persona natural que cumpla con presentar los requisitos establecidos en la ordenanza.
Dicho permiso no es de aprobación automática, sino de evaluación previa sujeta a silencio administrativo negativo. Además, esta no otorga derecho de propiedad, posesión o permanencia sobre el espacio físico en las que se encuentre el módulo de venta o se ejerce la actividad, constituyendo únicamente una ubicación temporal autorizada, sin derechos sucesorios, no tiene vocación hereditaria.
La vigencia de la autorización para el desarrollo del comercio ambulatorio en el espacio público será de 1 año, teniendo las siguientes características:
- a) Personal e intransferible
- b) Limitada al giro autorizado y a una ubicación predeterminada
- c) No renovable en forma automática
- d) Temporal
- e) Excepcional
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Tras ello, los comerciantes pueden solicitar nueva autorización previa evaluación técnica, presentando la documentación requerida, debiéndose presentar 30 días calendario antes del vencimiento, caso contrario el espacio será declarado como disponible.
En ese sentido, la Municipalidad Santiago de Surco se reserva el derecho de modificar y reorganizar a los ambulantes, realizando cambios de ubicación, giro y otras, por razones de ornato, control urbano, salud, obras de origen municipal, queja vecinal, y normas que así lo dispongan.
Del mismo modo, pueden suspender temporal o definitivamente el permiso temporal por razones de ordenamiento urbano, desarrollo de la propiedad privada o pública, seguridad que pueda afectar al comerciante, transeúnte, vecino u otros.