Emergencia ambiental. (Foto: Minam)
Emergencia ambiental. (Foto: Minam)

El oficializó este jueves la ley, aprobada por el Congreso, de declaratoria de emergencia ambiental.

Se trata de la  que tiene por objeto regular la declaratoria de emergencia ambiental sobre una determinada área geográfica en caso de que ocurra un evento súbito y significativo que afecte la calidad ambiental o los ecosistemas y represente un riesgo para la salud.

Además, busca fortalecer las acciones orientadas a contener, controlar y reducir los efectos de un evento súbito y significativo sobre la calidad ambiental o los ecosistemas; y controlar los riesgos para la salud de las personas, articulando iniciativas multisectoriales, sinérgicas y descentralizadas.

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La atención de la población afectada a consecuencia del evento que suscita la declaratoria de se articula a través del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

También tiene la finalidad de prevenir un nuevo riesgo ambiental y reducción del impacto derivado del evento súbito y significativo materia de la declaratoria de emergencia ambiental.

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Tratándose de emergencias ambientales ocurridas en el territorio de , el plazo de la declaratoria de emergencia ambiental es no menor a 120 días hábiles, pudiendo extenderse por el plazo que resulte necesario.

Los sectores involucrados en la elaboración del Plan Integrado de Acción Inmediata y de Corto Plazo garantizan la participación de las autoridades comunales y pueblos indígenas en las actividades vinculadas con la declaratoria de emergencia ambiental, de ser el caso se solicita la opinión del Ministerio de Cultura.

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