Después que en octubre del año pasado, se levantarán las restricciones para los vuelos internacionales hacia y desde determinados destinos, el Perú ha continuado permitiendo el ingreso y salida de personas bajo ciertas consideraciones que se han ido modificando según la evolución de los números de la pandemia.
MÁS INFORMACIÓN: Variante delta representa ya el 83% de los casos de COVID-19 en EE.UU.
Así, debe saber que hasta el 1 de agosto próximo, se deben respetar las medidas que han impuestos nuestras autoridades, tanto para vuelos nacionales como para vuelos internacionales.
VUELOS NACIONALES
Para empezar, el transporte interprovincial aéreo sí está permitido pero se debe tener en cuenta las recomendaciones establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y por el Ministerio de Salud (Minsa) para garantizar la seguridad sanitaria de los pasajeros y sus familias.
En ese sentido, deberá cumplirse con el protocolo que está vigente durante el estado de emergencia nacional para evitar el contagio del COVID-19 y para ello resultará imprescindible el uso de mascarillas y protector facial para reducir el riesgo de contagio, además de mantener la distancia física de por lo menos un metro con las demás personas.
MÁS INFORMACIÓN: Clases semipresenciales en colegios urbanos iniciarán desde el 9 de agosto, pero no en Lima ni Callao
VUELOS INTERNACIONALES
Aun cuando ya se puede entrar y salir del país vía aérea, los vuelos de pasajeros que provienen de Sudáfrica, Brasil e India continúan suspendidos hasta el 31 de julio de 2021, tal como lo establece la Resolución Ministerial N° 685-2021-MTC/01.
Dicha norma establece que la suspensión se mantiene como respuesta a la situación actual de la pandemia, a la proliferación de las variantes del virus SARS-CoV-2 y a la prórroga del estado de emergencia nacional.
A pesar de esa restricción, los viajes aéreos internacionales a 36 destinos autorizados en 17 países se mantienen bajo las recomendaciones vigentes y –al igual que con los vuelos nacionales– deberá respetarse el protocolo sanitario para la atención de viajeros de vuelos internacionales comerciales.
PROTOCOLO PARA VIAJES INTERNACIONALES
Si vas a volver al Perú o vas a ingresar desde otro país, deberás cumplir con lo que señala la Guía técnica para la prevención y control de los factores de riesgo sanitario generados por la Covid-19 en los viajeros que ingresan y salen del país en vuelos internacionales comerciales.
Según este documento, en principio, deberás completar la “declaración jurada de salud y autorización de geolocalización”. El llenado de este formulario es condición previa para la autorización del ingreso al avión.
Dicho documento debe completarse con información personal del viajero, con datos de su viaje y de su domicilio, además de ciertos antecedentes de su salud.
La misma información deberá ser completada en caso se trate de un menor de edad o de una persona dependiente. En estos casos, el registro deberá ser completado por el representante legal o la persona a cargo.
Adicionalmente, deberás someterte a una prueba molecular al menos 72 horas antes del vuelo, y presentar el resultado negativo en el aeropuerto. Si te realizas la prueba antígena deberás hacerlo al menos 24 horas antes del vuelo.
En el caso de la prueba molecular, su presentación es requisito obligatorio para niños mayores de 12 años, adultos y adultos mayores. Para niños menores de 12 años solo serpa necesario contar con un certificado médico de buena salud.
Ya en el Perú, deberás pasar por una cámara de medición de temperatura y, si presentas algún signo o síntoma compatible con COVID-19, serás evaluado por el médico de turno en el módulo COVID-19. En caso sea necesario, el traslado a los servicios de salud o al lugar en donde cumplirás el aislamiento, estará a cargo del Minsa.
En la declaración jurada, deberás colocar la dirección y el teléfono del lugar donde estarás alojado mientras realizas el aislamiento por 14 días. El Minsa te llamará cada tres días para monitorear tu estado de salud. El monitoreo terminará después de 14 días.
En caso necesites finalizar la cuarentena antes de que se cumplan los 14 días exigidos, deberás pagar y someterte a una prueba molecular adicional de descarte de COVID-19 al sexto día de tu llegada al país. Si tu resultado es negativo, la autoridad sanitaria te otorgará el alta epidemiológica. De lo contrario, ingresarás a aislamiento obligatorio en la Villa Panamericana o en otro centro de aislamiento temporal en coordinación con la autoridad sanitaria.