El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó que, a partir de hoy, 14 de enero, entró en vigencia la imposición de sanciones graduales por exceso de velocidad. Esto significa que, a mayor exceso de velocidad, mayor será la sanción como se indica en la norma.
Así, superar el límite máximo establecido en una vía hasta 10 km/h genera una sanción equivalente al 18% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/ 828. Además, el conductor acumulará 50 puntos en contra en su historial de conducción.
De igual modo, si se supera el límite máximo establecido con un exceso de velocidad entre 10 km/h y 30 km/h ello acarreará una sanción equivalente al 24% de una UIT (S/ 1,104). Además, el conductor acumulará 60 puntos en contra en su historial.
En tanto que superar el límite máximo en más de 30 km/h ocasionará una multa equivalente al 50% de una UIT y se sumará 70 puntos en contra en el historial del conductor.
“Reducir los límites de velocidad disminuye la posibilidad de ocurrencia de siniestros de tránsito en las vías, aminora el riesgo de sufrir lesiones graves en caso suceda un accidente de tránsito y promueve la movilidad urbana segura y sostenible”, precisó el MTC.
Cabe precisar además que la acumulación de puntos en contra en el récord del conductor por cada infracción cometida puede derivar en la suspensión o cancelación definitiva de la licencia de conducir.
Señalización
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones precisó además que las municipalidades provinciales y distritales que el plazo que tienen para implementar la señalización de los nuevos límites de velocidad vencerá el 17 de julio de 2022.
“Por ello, estas entidades deben modificar la señalización actual de acuerdo con los nuevos límites en el ámbito urbano de su competencia que regirán desde el 18 de julio” detalló.
Al respecto, cabe recordar que estas iniciativas fueron establecidas por el MTC mediante la modificación del Reglamento de Tránsito establecido en el Decreto Supremo 025-2021-MTC que fue publicado el 17 de julio de 2021 y que aprueba los nuevos límites máximos de velocidad.
- De acuerdo con esa norma, en las calles y jirones de las zonas urbanas los conductore no deberán exceder los 30 km/h (antes era 40 km/h) y en avenidas no deberá superar los 50 km/h (antes era 60 km/h).
- Del mismo modo, en carreteras que pasan por centros poblados, los límites de velocidad también fueron modificados. En zonas comerciales, los conductores no deberán exceder los 30 km/h (antes era 35 km/h); en zonas residenciales, no se podrá superar los 50 km/h (antes era 55 km/h); y en zonas escolares y hospitales la velocidad máxima permitida es de 30 km/h.
Se recuerda a conductores que reducir la velocidad en las vías es importante para garantizar la seguridad de todos. Es una acción que se debe tomar para crear espacios seguros para usuarios vulnerables como niños, ciclistas, personas con alguna discapacidad y personas de tercera edad.
Así mismo, la evidencia mundial demuestra que la reducción de la velocidad tiene un impacto positivo en el uso eficiente de los combustibles y energía, y la preservación del ambiente.