El pleno del Congreso de la República aprobó en primera votación con 72 votos a favor, 23 en contra y 2 abstenciones el proyecto de ley N° 6202/2023-DP que modifica la Ley Orgánica N° 26520 de la Defensoría del Pueblo. La segunda votación ser realizará el 11 de abril.
Como se recuerda la Defensoría del Pueblo presentó dicho proyecto de ley con el objeto de establecer las normas y disposiciones requeridas, según expuso “para su fortalecimiento institucional, lo que permitirá modernizar y asegurar su actuación eficiente y oportuna en la defensa de los derechos fundamentales de la persona y la comunidad”.
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¿Qué plantea el dictamen?
La iniciativa plantea la reorganización institucional de la Defensoría del Pueblo, para lo cual quedará facultada a fin de aprobar su nueva estructura orgánica, su reglamento de organización y funciones y cuadro de asignación de personal, así como los demás instrumentos de gestión institucional que sean necesarios para su fortalecimiento y modernización dentro de los 120 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la ley.
El proyecto incluye la modificación de diversos artículos de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, como el referido al cese del defensor del Pueblo, que se hará efectivo, entre otras causas, por vencimiento del plazo de designación cuando se encuentre elegido el sucesor.
A la par, señala que los adjuntos del defensor del Pueblo, que lo representan en el ejercicio de las funciones y atribuciones previstas en la ley, serán designados por el titular de la entidad mediante resolución.
El proyecto de ley indica que el defensor del Pueblo estará facultado, en el ejercicio de sus labores, para intervenir en los conflictos sociales cumpliendo funciones de supervisión preventiva e intermediación defensorial, promover el diálogo y las soluciones pacíficas y colaborativas a las demandas y problemas planteados por la sociedad.
En su momento el exviceministro Iván Lanegra, calificó el proyecto de " inconstitucional” porque la Carta Magna establece que el mandato del defensor del Pueblo es por cinco años. Además, aseguró que la norma “significaría un retroceso” al principio de idoneidad y meritocracia que tanto cuestionó el Congreso en la era Castillo.
“La propia entidad que promueve el tema de la idoneidad y meritocracia pretende dar marcha atrás en estos principios y eso es serio. Se quiere dar marcha atrás en cargos claves como los adjuntos, los jefes de las oficinas en departamentos y provincias y también convirtiendo en cargo de confianza el de secretario de la comisión que elige a la JNJ. Es un retroceso muy claro”, afirmó a El Comercio.
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