El Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, un dictamen que permite al sistema judicial procesar y condenar con cárcel a los adolescentes de 16 y 17 años que cometan delitos graves como sicariato, extorsión, secuestro, trata de personas, violación sexual, entre otros.
El dictamen, recaído en los Proyectos de Ley N°618, N°6080, N°7771 y N°8166, fue aprobado con 57 votos a favor y requerirá de una segunda votación en siete días calendario para eventualmente ser enviado al Ejecutivo, como lo establece el artículo 78 del Reglamento del Congreso.
Esta iniciativa legislativa, impulsada por el congresista José Luna Gálvez, propone modificar el Código Penal y el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, incorporando así a los menores de edad de 16 y 17 años en el sistema penal, bajo condiciones similares a las de los adultos.
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Esta medida se da en el marco una creciente ola de inseguridad ciudadana, expresada en un aumento de denuncias por extorsión, sicariato y crimen organizado, en donde las bandas delictivas utilizan a menores de edad para cometer crímenes aprovechando su inimputabilidad.
Ahora bien, hasta la fecha, teniendo en cuenta que falta una nueva votación y un análisis del Ejecutivo, no existe sanción penal para los menores de edad. Según las leyes vigentes, se determinan medidas socioeducativas, puesto que cumplen una función pedagógica positiva y formativa, que tiene como objeto facilitar la resocialización y la reintegración del adolescente a la sociedad.
Estas medidas se encuentran desarrolladas en los artículos 158 al 167 del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, donde se establecen sanciones no privativas de libertad (amonestación, libertad asistida, prestación de servicios a la comunidad y libertad restringida) y las privativas de libertad corresponden a internación en un centro juvenil.