Con 9 votos a favor y 2 abstenciones, la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos aprobó el dictamen que recomienda la insistencia de la autógrafa de ley que protege a los usuarios ante cobros excesivos en el suministro de agua potable.
La propuesta, que fue observada por el Poder Ejecutivo, plantea que, ante la existencia de lecturas atípicas, donde no se revele la existencia de fugas, los usuarios tendrán el derecho de obtener nuevas facturaciones conforme al promedio histórico de consumos durante el periodo de 12 meses.
LEA TAMBIÉN: ¿Cuánto gastan las familias sin acceso a la red pública de agua de Sedapal?
LEA TAMBIÉN: Sedapal: obra de gran empalme que provoca corte de agua en Lima tiene un avance al 50%
Durante la sustentación, el presidente del grupo de Trabajo, Wilson Soto Palacios, (AP) detalló que la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) deberá de adecuar el Reglamento de la Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento en un plazo de 60 días calendario a partir de la publicación de la norma.
“Debe entenderse que la existencia de fugas o determinación del consumo atípico debe ser conformada por el ente rector y no bajo supuestos rebatibles por el usuario en el propio sector. Asimismo, es preciso señalar lo descrito por Sunass, en el sentido de la importancia de la verificación previa al consumo atípico”, alegó Soto .