El Congreso de la República aprobó la Ley Nº 31810, que permite a la presidenta Dina Boluarte seguir con sus funciones administrativas en caso esté fuera del territorio nacional. La gestión se daría mediante el uso de tecnologías digitales y en caso no haya vicepresidentes en ejercicio.
En ese sentido, la norma resalta la obligatoriedad de implementar un mecanismo de seguridad para el uso de dichas herramientas digitales.
El texto incorpora el artículo 8-A a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y contempla los siguientes puntos:
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- 8-A.1. De conformidad con el segundo párrafo del artículo 115 de la Constitución Política del Perú, cuando el presidente de la República sale del territorio nacional, el primer vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el segundo vicepresidente.
- 8-A.2. El encargo del despacho de la Presidencia de la República supone el ejercicio de funciones administrativas que permitan su normal funcionamiento. Dicho encargo se formaliza con la respectiva resolución suprema una vez expedida la resolución legislativa autoritativa del viaje correspondiente.
- 8-A.3. En caso de que el presidente de la República deba salir del territorio nacional y no haya vicepresidentes en ejercicio, de manera excepcional, el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho presidencial empleando tecnologías digitales. Es obligatoria la implementación de mecanismo de seguridad digital para el uso de dichas tecnologías.
- 8-A.4. Para el caso establecido en el párrafo 8-A.3, la solicitud de autorización de salida del territorio nacional al presidente de la República contiene la justificación de la urgencia y necesidad de la gestión del despacho de la Presidencia de la República a través de tecnologías digitales y la garantía de la seguridad de los medios a emplearse. El Congreso de la República evalúa la particularidad de cada caso”.
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Cabe recordar, que el dictamen fue aprobado la semana pasada, en segunda votación, con 72 votos a favor, 40 en contra y y 6 abstenciones.
La medida obtuvo opiniones distintas. Para el ex congresista Juan Sheput, el proyecto de ley aprobado era inconstitucional. El excanciller Miguel Ángel Rodríguez Mackay señaló que no había precedentes en ningún otro país sobre presidentes que hayan despachado de manera remota.
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