“Los gastos navideños deben cumplir, con el criterio de “razonabilidad”, es decir, que exista una relación cercana entre el gasto incurrido y los ingresos generados por la empresa”. (Foto: GEC)
“Los gastos navideños deben cumplir, con el criterio de “razonabilidad”, es decir, que exista una relación cercana entre el gasto incurrido y los ingresos generados por la empresa”. (Foto: GEC)

Catedrático de las Universidades del Pacífico, UPC y UCSUR. Director de la Maestría en Tributación de la UPC.

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