En los últimos cuarenta años hubo tres eventos del Fenómeno El Niño (FEN) de gran impacto. El de 1982/83 ocasionó pérdidas económicas por US$ 3,282 millones, y el 97/98, por US$ 3,500 millones, los cuales representaron por entonces el 11.6% y el 6.2% del PBI anual de 1983 y 1998, respectivamente.
En el 2017, según la Defensoría del Pueblo, las pérdidas económicas fueron por US$ 3,100 millones, que representaron 1.6% del PBI y se evidenciaron en daños de más de 150 mil viviendas, aproximadamente 7,500 kilómetros de vías terrestres, más de 500 puentes, más de 1,200 escuelas y alrededor de un centenar de centros de salud.
No hay duda, entonces, que el FEN genera un gran perjuicio a la economía y, por ende, a la vida de los peruanos. El siguiente año tendremos un nuevo FEN, que ya se empieza a sentir y cuyo impacto aún es incierto. La Comisión Multisectorial del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen) ha estimado que hay un 55% de probabilidades de que sea moderado y un 33% de que sea fuerte.
El país debe prepararse para afrontar dicho escenario. El Estado debe tomar medidas, pero también las empresas, que deben incluir este tipo de eventos climatológicos como un riesgo latente.
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Al respecto, el Ministerio de Economía y Finanzas destinó este año S/ 1,500 millones para afrontar la emergencia de Yaku y el FEN; y ha presupuestado entre S/ 2,000 y S/ 3,000 millones más para mejorar la capacidad de respuesta ante el FEN.
En materia laboral, Sunafil informó que durante 2023 se enviaron mensajes de prevención a 245 mil empresas, con la finalidad de que tomen medidas de seguridad para evitar la afectación de la salud y vida de los trabajadores como consecuencia del FEN. De igual manera, ha implementado un sistema operativo de asistencia técnica al que las empresas pueden recurrir en caso lo necesiten.
Además de estas acciones preventivas, el Ministerio de Trabajo publicó en agosto de este año el Decreto Supremo No 009-2023-TR para crear el programa de empleo temporal Llamkasun Perú, el cual tiene por objetivo generar empleo temporal en la población en edad de trabajar a partir de 18 años, en situación de desempleo, subempleo, en condición de pobreza, pobreza extrema, o que enfrente especiales dificultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres, entre otros, otorgándoseles a cambio un incentivo económico.
La intención de esta norma es reducir la situación de desempleo que ocasionaría el FEN, lo cual es beneficioso para la población; sin embargo, ello no sería suficiente. No bastan soluciones temporales, sino que es necesario que desde el Estado se implementen políticas nacionales que sean útiles y eficaces a futuro para estar mejor preparados ante desastres naturales.
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Los empleadores, por su parte, deben recordar que existen obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, como las medidas para la prevención y mitigación de riesgos relacionados con el FEN, tales como: elaboración, actualización y difusión del plan de respuesta ante emergencias, brindar las capacitaciones respectivas, revisar la infraestructura en los centros de trabajo, entregar equipos de protección personal, entre otros.
En caso el centro de trabajo se encuentre cerca de ríos o cauces, es recomendable contar con sacos de arena como medida de protección. En tanto el FEN trae consigo problemas sanitarios como el dengue, zika, chikungunya, entre otros, los empleadores deben cumplir con las respectivas obligaciones en seguridad y salud en el trabajo para dichos casos, tales como: capacitar al personal sobre los síntomas, causas y prevención del dengue, establecer medios de comunicación para realizar reportes inmediatos sobre la presencia de los zancudos y focos de infección, etc.
De otro lado, existen alternativas que las empresas pueden utilizar para afrontar las ausencias laborales y/o evitar la paralización del trabajo; por ejemplo, brindar mayor flexibilidad en el horario de entrada y salida de los trabajadores. También se podrá evaluar la implementación del teletrabajo en caso las actividades de la empresa lo permitan. Es preciso resaltar que el FEN es una constante en el Perú; por lo cual aplicar la figura de suspensión perfecta por caso fortuito o fuerza mayor en esta situación no sería lo óptimo.
El FEN es una realidad histórica en el Perú, cuya magnitud se puede ver incrementada y es posible que sea más recurrente a futuro, a consecuencia del cambio climático. No obstante ello, las pérdidas materiales y no materiales siguen siendo cuantiosas; lo cual evidencia que en el país la política de prevención y reducción del riesgo de desastres no es aún efectiva. Es por ello que resulta necesario un trabajo conjunto entre el Estado, las empresas y la sociedad civil organizada, de modo que este fenómeno natural tenga un impacto menor en la economía y en la calidad de vida de los peruanos.