"Los aspectos previamente desarrollados confirman que el decreto no solamente se trata de una norma inaplicable sino ilegal, que no podrá ser corregida por un reglamento extemporáneo, el cual –dicho sea de paso- debió haber sido publicado por el MEF en julio pasado". (Foto: USI)
"Los aspectos previamente desarrollados confirman que el decreto no solamente se trata de una norma inaplicable sino ilegal, que no podrá ser corregida por un reglamento extemporáneo, el cual –dicho sea de paso- debió haber sido publicado por el MEF en julio pasado". (Foto: USI)

Raúl Odría

Abogado Tributarista, profesor de ESAN Business Law