
A partir del 1 de marzo, con la vigencia del nuevo reglamento de multas, la falta del registro de asistencia del personal se considerará una infracción muy grave sujeta al máximo de la sanción de acuerdo al tipo de empresa.También se considerará como infracción muy grave no registrar, en los plazos y de acuerdo a los requisitos, a los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal contratado bajo modalidades formativas laborales, personal de terceros o derechohabientes en las planillas de pago o planillas electrónicas. Dicha infracción es por cada personal afectado, puede llegar al tope máximo de 100 UIT (S/. 380 mil) en el régimen general (no mype).
CIFRAS Y DATOS
Presupuesto. En una primera etapa se han transferido a la Sunafil S/. 21 millones (para las labores de fiscalización) del total de S/. 81 millones asignados por el Ministerio de Economía.
Tope. El monto máximo de la multa para las micro y pequeñas empresas no será mayor al 1% de sus ingresos anuales.
Criterios. La regiones fiscalizarán a las empresas de 1 a 10 trabajadores, las demás serán fiscalizadas por la Sunafil.
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