
MARCO ALVA PINOmalva@diariogestion.com.pe
La esperada Ley de Contrato de Seguros fue publicada ayer por el Ejecutivo y entrará en vigencia en los próximos 180 días."La norma establece un marco legal claro y específico sobre los derechos y obligaciones de las partes que intervienen en un contrato de seguros, así como otros aspectos que mejorarán las relaciones contractuales", dijo la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Las cláusulas de los contratos que limitan la indemnización de los siniestros y que no son claramente explicadas a los asegurados serán prohibidas a partir de mayo.
Por ejemplo, aquellas mediante las cuales los asegurados o beneficiarios renuncien a la jurisdicción o leyes que los favorezcan. También, las que fijan plazos de prescripción que no se adecúen a la normatividad vigente.
Para el caso de su renovación, la aseguradora que considere incorporar modificaciones en el contrato, deberá enviar un aviso por escrito al contratante, con un plazo no menor a 45 días previos al vencimiento del mismo, detallando las modificaciones en forma destacada.
Y cuando existan diferencias entre las condiciones del seguro ofrecidas mediante sistemas de publicidad y el contenido de las pólizas relativas al mismo seguro, la ley señala que prevalecerán las condiciones más favorables para el asegurado. Asimismo, según la norma, se entenderán válidas las estipulaciones contractuales que sean más beneficiosas para el asegurado.
¿Subirán seguros?Pero no todos están de acuerdo con los cambios que se introducirán en los contratos. Las compañías de seguros advirtieron recientemente que los precios de los seguros se elevarán con lasmodificaciones.
Y es que, según Apeseg, el gremio asegurador, la nueva regulación implicará mayores costos administrativos para estas empresas, que trasladarán a sus clientes.
Una de las disposiciones más cuestionadas es la que permite que los asegurados que no paguen mantengan su cobertura por hasta tres meses.
EL DATOExámenes genéticos. El asegurador está prohibido de exigir exámenes genéticos previos a la celebración de contratos de seguro, y no puede condicionar la aceptación, vigencia o renovación de coberturas de seguro a la realización de dichos exámenes, dice la nueva norma.
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