Existen 40 regímenes laborales en el Perú en los ámbitos público y privado

miguel alonso juape pintomiguel.juape@diariogestion.com.pe

En la actividad pública, entre regímenes laborales generales y especiales existen 15 (fiscales, diplomáticos, gerentes públicos, militares y policías, CAS y otros). En tanto, para la actividad privada son 24 los regímenes laborales especiales (personal de confianza, agrarios, exportación no tradicional, practicantes, microempresa, entre otros).

A estos regímenes especiales ahora se suma el nuevo régimen laboral de jóvenes con menores costos laborales. Salvo en el régimen general, otros regímenes flexibles contemplan menores beneficios para incentivar la contratación de trabajadores (ver tabla).

El laboralista Jorge Toyama precisó que el régimen laboral juvenil solo podrá ser usado por buenos empleadores, ya que ello se exige en la ley (empresas sin multas de la Sunafil).Además existe un crédito fiscal a la capacitación en la empresa, y se contempla una estabilidad mínima de un año del trabajador joven (en el despido sin causa se le paga una indemnización).Un joven podrá ser contratado bajo este régimen durante cinco años y entre los 18 y los 24 años, en planilla, sin compensación por tiempo de servicios ni gratificación.

Habrá dos tipos de empresas que usarán este régimen juvenil, dijo, las que solo contraten con menos costo laboral; y otras que lo usen para acceder a un trabajador bueno que luego será contratado en el régimen general, porque se lquerrá retener el talento. El éxito del régimen juvenil dependerá de que sea mayor este último grupo.Toyama agregó que es un mito que habrá ceses colectivos para cambiar estables por jóvenes, lo cual no se puede hacer porque obtendrán su reposición vía judicial. Estimó que el nuevo régimen será usado más por la gran y mediana empresa, que por la microempresa, y en actividades no calificadas o medianamente calificadas.

otrosí digoLa fórmula puede ser exitosaEvaluación. Es cierto que no se sabe si este régimen será la solución a la informalidad y al desempleo de los jóvenes, dijo Aldo Ortega,pero una de las pocas evaluaciones rigurosas realizadas en la región la hizo el BID en el 2012 respecto del programa "Juventud y Empleo" en República Dominicana.

Los resultados fueron que la formalidad de los hombres aumentó en 17 %, se incrementaron las remuneraciones mensuales en 7 % y, adicionalmente, se redujo en 5 puntos porcentuales el embarazo no deseado, dado que la esperanza sobre el futuro se incrementó para las jóvenes desempleadas.

OpiniónAldo Ortegaexjefe dela sunafil

¿explotados o con una oportunidad?Estos días se ha dicho mucho y a la vez poco sobre el nuevo régimen laboral dirigido a los jóvenes de 18 a 24 años. La discusión se ha centrado en el número de derechos óptimo. Si el análisis empieza desde que a los jóvenes les corresponde el régimen general, entonces este régimen es explotador y abusivo, casi esclavizante; pero si partimos desde que los jóvenes actualmente no cuentan con ningún derecho, entonces este régimen al menos otorga algunos beneficios.

A fin de intentar dilucidar estas posiciones contrapuestas veamos para quién está dirigida esta norma. La ley es clara al establecer que es para jóvenes que "se incorporen por primera vez a la planilla electrónica como trabajador" o "se encuentren desocupados", es decir, fuera de planilla al menos 90 días consecutivos.

Por lo tanto, si estos son los principales requisitos, básicamente estamos hablando de los que tienen trabajos informales y de los que no tienen trabajo. Entonces, ¿estos jóvenes informales y desocupados cuentan a la fecha con siquiera un beneficio laboral?

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