Aseguradoras indemnizarán a clientes en no más de 30 días

MARCO ALVA PINOmalva@diariogestion.com.pe

La SBS publicó seis proyectos de reglamentos de la Ley de Contratos de Seguros, que regulan, entre otros aspectos, la transparencia y contratación de seguros, el pago de sinestros y de primas, y los seguros de salud.

Así, el proyecto referido a la gestión y pago de siniestros establece que una vez que las aseguradoras han consentido un siniestro (es decir, que están de acuerdo con el monto fijado que deben pagar al asegurado), tienen un plazo de hasta 30 días para hacer efectiva la indemnización.

En el caso de los seguros patrimoniales, la ocurrencia de un siniestro se debe comunicar a la compañía de seguros en los tres días siguientes a la fecha en la que el cliente toma conocimiento del mismo. Ese plazo se amplía a siete días para los seguros de vida o de salud (personales), y debe ser el más breve posible para los ramos de vehículos y transportes.

El atraso en el pago del seguro ya no significará perder automáticamente la cobertura. Esta se suspenderá luego de transcurridos 30 días desde la fecha de vencimiento de la obligación, según el proyecto sobre pago de primas de pólizas de seguros.

En otra de las iniciativas, se identifica las cláusulas y prácticas abusivas prohibidas en la contratación de seguros, y se regula la información que se brinda a los asegurados.

EL DATOSeguros de saludNorma. Si un cliente adquirió una enfermedad mientras estaba asegurado, al cambiar de aseguradora o de EPS mantendrá la cobertura de dicha enfermedad.

LAS CLAVESContrato. Seguros comprados en bancos y tiendas se podrán anular hasta en 15 días. Electrónica. Se fijó el contenido mínimo de las pólizas de seguro electrónicas.

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