Sobre las multas que recibirían las empresas por indagar datos personales de sus trabajadores a través de terceros, Carol Quiroz, socia del estudio Olaechea, comentó el caso reciente de la empresa que fue sancionada con 62.33 UIT (S/308,533.50).
“Lo que sucedió en este caso, es que el tercero- proveedor de la empresa- tenía un software que incorporaba datos de más de 1 millón de personas con estos antecedentes, pero no solamente de procesos judiciales sino de denuncias ante la policía y otro tipo de información que está reservada para el manejo del Ministerio Público”, explicó
“Las empresas pueden utilizar los servicios con la salvedad de los antecedentes penales, policiales y judiciales; porque incluso ahora el proceso de recopilación de estos documentos es más rápido a través del certificado único de trabajo”, detalló.
Al consultarle si lo recomendable sería pedirle al postulante o empleado que haga la gestión de antecedentes, para que este lo presente en el trabajo, respondió que: sería lo correcto.
Asimismo, añadió que “no es la primera resolución que se emite sobre este tipo de tratamiento de antecedentes, pero sí es la más alta que se ha impuesto hasta ahora”, sostuvo.
Agregó que la empresa infractora pudo haber recibido las 100 UIT de multa, pero al colaborar con la autoridades, es decir, presentó la información, dejó de usar el software y otros aspectos, le permitió reducir la multa.
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En otro momento, Quiroz resaltó que las empresas puede solicitar información de sus empleos o postulantes, pero haciéndolo de manera transparente y alineado a la política de privacidad que contempla una empresa en cuanto a la protección de datos personales.
“Las empresas tiene que internalizar los procesos de gobierno de datos que implica la participación de la más alta gerencia de la empresa con sus especialistas para que puedan revisar qué tipo de información necesitan. No es que las empresas no puedan pedir información, pueden hacerlo pero con transparencia y eso se cristaliza con políticas de privacidad“, dijo.
Finalmente, señaló que las empresas multadas por esta infracción pueden apelar ante el Poder Judicial, alegando que la sanción es desproporcionada, entre otros aspectos. “Todas las resoluciones administrativas pueden ser impugnadas ante el poder judicial, normalmente hay un plazo-en este caso- de tres meses, pues las empresas pueden cuestionar el tema de la proporcionalidad, como reducir más la multa u otros aspectos que fueron parte del procedimiento”, explicó.
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