Hace cuatro meses se publicó la ley N° 31207, con la cual se estableció que la velocidad mínima garantizada por las operadores del servicio de internet no podrá ser menor al 70% de lo contratado tanto en áreas urbanas como rurales. Hasta antes de la aprobación de dicha ley, se establecía que las operadoras debían garantizar –como mínimo– hasta el 40% de la velocidad que contrataba una usuario.