A inicios de este mes ingresó al Congreso de la República un proyecto de ley que podría cambiar el Código de Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). La iniciativa, presentada por la congresista Katy Ugarte, busca modificar solamente un artículo, pero sus consecuencias podrían perjudicar a las empresas.
La propuesta modifica el artículo 45 del código, referido al contrato de consumo, indicando que los consumidores no deben probar la existencia de la relación con un proveedor para reclamar por la idoneidad de un servicio.
El proyecto, advierten abogados consultados por Gestión, carga toda la responsabilidad probatoria a las empresas, lo que podría exponerlas a sobrecostos y sanciones, ya que no habría filtro alguno para que el consumidor ingrese una queja ante Indecopi.
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“Solución” sin problema
El proyecto de la congresista Ugarte, exPerú Libre y hoy parte de la bancada Unidad y Diálogo Parlamentario, señala que “para demostrar la existencia del contrato de consumo, no es obligatorio presentar documento probatorio alguno que acredite la celebración del contrato de consumo, pues, es obligación del proveedor tener registrado dicho contrato en su sistema interno y tributario, siendo suficiente acreditar la titularidad del DNI o RUC en la contratación del producto y/o servicio, según corresponda. La exigencia de documento probatorio por parte del proveedor se considera falta muy grave”.
Con dicho párrafo, Ugarte busca reducir la “asimetría informativa” a la que, señala, están expuestos los consumidores ante los proveedores. Sin embargo, Franklin Leandro, profesor de Derecho Corporativo en ESAN, explica a Gestión que el proyecto libera innecesariamente de responsabilidades al cliente.
“Indecopi tiene una definición del perfil de un consumidor final. El requisito esencial es que sea mínimamente diligente. No podemos quitar ese criterio y convertirlos en poco analíticos y cero preventivos para probar una relación de consumo”, sostiene.
En su exposición de motivos, el proyecto de ley plantea que los consumidores son en el “eslabón débil” en una relación de consumo, por lo que es necesario revertir la carga de la prueba obligando a los proveedores a mantener los contratos en sus sistemas.
Sobre ello, Pierino Stucchi, socio en Stucchi Abogados, advierte a este diario que la propuesta legislativa no termina de definir cuál es el problema real que busca solucionar. En concreto, remarca, no incluye estadística alguna que pruebe la existencia de casos donde los consumidores sean, efectivamente, mermados.
“Este proyecto es, de los que he revisado, el que menor calidad regulatoria tiene entre todos los deficientes. Plantea una serie de citas bibliográficas, pero no termina de evidenciar el problema que pretende combatir. No hay datos respecto al tema”, resalta Stucchi.
“Es como un trabajo universitario incompleto. Solo hay ideas generales sobre protección al consumidor y deficiente análisis del impacto económico que puede tener”, agrega Leandro.
A pesar de estos cuestionamientos, el proyecto de Ugarte ya está en manos de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos (Codeco). La iniciativa ya tiene también un informe de admisibilidad aprobado.
En su reporte, Karolina Kriete, secretaria técnica de Codeco, recomienda pedir opinión a cinco instituciones: los ministerios de Economía y Producción, la Cámara de Comercio de Lima (CCL), la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), y el mismo Indecopi.
Aún así, Codeco no se ha caracterizado por tomar en cuenta las sugerencias de entes técnicos. Ese es el caso de su reciente dictamen aprobado para eliminar comisiones bancarias, propuesta que es rechazada por el Banco Central de Reserva del Perú (BCR) y otros organismos vinculados a la banca.
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Posibles consecuencias
De ser aprobado tal y como está planteado, alertan los abogados consultados, el proyecto podría exponer a las empresas a serios daños en la prestación de sus servicios.
Primero, generaría que Indecopi reciba una cantidad considerable de reclamos sobre determinadas empresas sin filtro previo, es decir, al menos probar que recibieron un servicio de su parte. “Podría acercarse a reclamar cualquiera por mala fe, ya que no te exigirían presentar un comprobante de pago”, asegura Leandro.
Otro problema es que el proyecto señala que las empresas que exijan documentos probatorios cometerán una falta muy grave. A pesar de que no se indica a cuánto ascendería la multa en Indecopi, Stucchi cree que esta amenaza afectaría, sobre todo, a las pequeñas empresas porque las obligaría a archivar excesivamente.
“Sería un sobrecosto inútil especialmente para las pymes. Existen los contratos orales y tácitos como cuando una persona compra en una bodega. Es un contrato de compraventa. El proyecto las obligaría a archivar los contratos, ya sea física o digitalmente”, considera.
Leandro, por su lado, cree que la propuesta sobreprotegería al consumidor. De convertirse en ley, podría generar que las empresas busquen trasladar los costos de archivo a sus clientes.
“¿Qué pasará cuando solo entreguen boleta simple? Tendrán que crear un registro paralelo, eso genera un sobrecosto y limita su capacidad de emitir comprobantes de pago. Se podría promover la informalidad y trasladar costos porque generaría impacto al precio final”, alerta.
Para Stucchi, la propuesta también podría aumentar el desconocimiento del consumidor sobre los servicios que contratan.
“No hay duda que algunas empresas ya guardan registros, como pasa en telecomunicaciones, pero la diligencia debe ser por ambos lados. Es lógico que un consumidor conserve documentación contractual necesaria para conocer las condiciones de los servicios que recibe”, recalca.
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Licenciado en Periodismo por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Parte del equipo fundador del medio digital Sudaca. Experiencia en cobertura política, social y económica peruana.