“En el momento más álgido, 260,000 trabajadores fueron afectados por la suspensión perfecta de labores", dijo Javier Dolorier. (Foto: Pixabay)
“En el momento más álgido, 260,000 trabajadores fueron afectados por la suspensión perfecta de labores", dijo Javier Dolorier. (Foto: Pixabay)

La aplicación de la suspensión perfecta de labores afectó a cerca del 10% de la población económicamente activa (PEA) ocupada en el pico de la pandemia del COVID-19, cuando gran cantidad de empresas permanecieron inactivas, dijo este lunes el abogado laboralista Javier Dolorier.

En el momento más álgido, 260,000 trabajadores fueron afectados por la suspensión perfecta de labores y si uno analiza y lo compara con la PEA, vemos que es el 2% de la PEA. Y si vamos a la PEA ocupada, vemos que es el 10% u 8%”, declaró a RPP.

En opinión de Dolorier, la medida no tuvo un impacto “tan grave y tan serio como se pensaba por la informalidad laboral”, que es uno de los principales problemas que tiene el país.

Todas las medidas que han aplicado las empresas, todos los paliativos ya han sido ejecutados. Cuando se abre la fase 4 de actividades económicas y vemos cómo los indicadores nos demuestran que se incorporan más trabajadores al mercado laboral, vemos que la suspensión perfecta se queda reducida a un número muy pequeño de empresas”, apuntó.

En relación a la reciente ampliación de la suspensión perfecta dispuesta por el Poder Ejecutivo a través de Resolución Ministerial N° 315-2020-TR, el abogado recordó que esto será de aplicación solo para aquellas empresas que ya venían aplicando la referida medida y que cuentan con aprobación por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Solamente esas empresas tienen hasta el 8 de enero para modificar los datos en la plataforma virtual del ministerio y extender la suspensión perfecta de labores hasta el plazo máximo del 5 de abril de este año”, puntualizo.

Cabe precisar que el

La  establece disposiciones complementarias respecto a la vigencia de la suspensión perfecta, cuyo plazo se amplía según el Decreto Supremo Nº 031-2020-SA.

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