La informó que desde el último sábado 29 de octubre, ya no es aplicable el decomiso de los vehículos que ingresaron al país con fines y que no fueron retirados en el plazo concedido por la Administración Aduanera y Tributaria.

Así, los turistas que se encuentren en dicha situación podrán optar por retirar su vehículo previo pago de una multa equivalente al 0.1 de la UIT (1 UIT equivale S/ 3,950) que se incrementará en 0.025 UIT por cada día calendario hasta la salida del país del vehículo, durante un plazo máximo de treinta días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de permanencia concedido.

Esta multa, incluso, puede ser rebajada hasta en un 90%, especificó la institución. Esto quiere decir que, en un inicio, la multa ascendería a S/ 395 y si se paga en el décimo día sería de S/ 1,283.75, pero con la rebaja del 90% solo pagaría S/ 128,37. En concreto, se ha cambiado una sanción que implicaba la pérdida de la propiedad del vehículo por el pago de un monto considerablemente bajo, aunque de no pagarse la referida multa el vehículo caerá en comiso.

La remarcó que para gozar de este beneficioso tratamiento, el turista debe efectuar el pago de la multa dentro de treinta días hábiles de vencido el plazo de permanencia concedido y retirar su vehículo del país dentro de las 48 horas siguientes al pago, caso contrario caerá en comiso.

La normatividad vigente, como se recuerda, permite la internación temporal de vehículos con fines turísticos de propiedad de los turistas, pero por un plazo improrrogable de 90 días calendarios con arreglo a los requisitos y condiciones que se establezcan para tal efecto.

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