Hoy en día, si un trabajador tiene un contrato a plazo fijo que sobrepasa los 5 años, se entiende que realmente este trabajador está en planilla y es obligación del empleador ingresarlo en esta, bajo apercibimiento de sanción pecuniaria.
Sin embargo, el nuevo proyecto del reglamento de la Ley de productividad y competividad en el trabajo busca crear una nueva precisión con relación a este tema.
Plantea que para contratos de obras o proyectos específicos, no se aplicará el límite máximo de 5 años, pudiendo crearse contratos de plazo fijo con duración mayor a 10 años, por ejemplo.
Cambio Positivo
Jorge Toyama, socio de Vinatea & Toyama, señala que este es un cambio positivo. “Hasta ahora no se permite que trabajadores de obras que duraban más de 6 años fueran contratados a plazo fijo”, señala.
Opina que el proyecto del reglamento permitiría que contratos que son de naturaleza temporal “pero que se extienden por el plazo que realmente dura una obra” sean posibles, fomentando el empleo.
“Hoy en día, se interpreta que si la obra dura más de 5 años, tendrás que resolver el contrato al término de ese plazo”. Esto crea nuevos costos de búsqueda de trabajadores y perjudica a ambos el empleador y al trabajador, quien no podrá trabajar por el plazo total de la obra, reduciendo sus oportunidades de trabajo.
Suplencia
Sostiene, además, que esto también podría aplicarse en los casos de contratos de suplencia, aquellos donde un trabajador se retira de su puesto de trabajo por alguna causa, y se contrata a un trabajador para que llene su posición mientras el trabajador se encuentre ausente.
“En casos de personas que vayan a realizar carreras pagadas por su empleador, por ejemplo, se pueden ausentar entre 5 o 6 años”, comenta, por lo que el reglamento estaría permitiendo una mayor flexibilidad con relación a los trabajadores suplentes y mayores oportunidades para aquellos que sustituyen. Toyama recalca que esta flexibilización de la norma beneficiaría a todo tipo de contrato que no tenga un máximo establecido en la ley. “Hay mayor flexibilidad. Ya no hay topes. Los topes se ven en cada caso específico”, subraya.
Poder Judicial
Para Germán Lora, socio del estudio Damma, este cambio era necesario ya que hoy en día, cuando estos casos llegan al poder judicial, se declara que contratos que duran más de 5 años se regirán por el sistema de contrato a plazo indeterminado, por lo que, varias relaciones laborales estaban siendo perjudicadas.
Recalca que anteriormente, en el poder judicial, se había permitido la extensión de contratos de trabajo por obras en un caso específico, en el cual comenta que se permitió que exististe un contrato de obra de 8 años, “pero solo porque la empresa que realizaba ese proyecto iba a tener un plazo de 8 años”, indica. Por lo tanto, subraya que era necesario que el plazo sea indefinido, para así sobrepasar esta necesidad de permisos específicos.