MIGUEL ALONSO JUAPE PINTOmiguel.juape@diariogestion.com.pe

El Ejecutivo presentó al Congreso un proyecto de ley que propone que durante los primeros tres años de entrada en vigencia de esta norma, la fiscalización laboral solo aplicará un tope del 35% de las multas que se imponga a las empresas por infracciones laborales, sin perjuicio de la gradualidad del pago.

No obstante, en este plazo las fiscalizaciones privilegiarán la orientación de las empresas por subsanar. Es decir, si la empresa subsana la infracción que se le observó, se concluirá la investigación sin multa alguna.

Ahora bien, el límite no se aplicará en las infracciones muy graves como las que afecten a la libertad sindical, casos de discriminación y otros; además de las que se impongan por infracción a la protección contra el trabajo infantil o forzoso; aquellas relativas a la seguridad y salud en el trabajo; obstrucción inspectiva y la reincidencia de infracciones en un plazo de seis meses, entre otros.

Seguridad ocupacionalTal como adelantó Gestión (16.06.2014), la propuesta modifica la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (LSST) y reduce la obligatoriedad de exámenes médicos a cada dos años; y aquellos que se realizan al cese del trabajador se consideran facultativos, pero el costo siempre es asumido por la empresa.

De otro lado, plantea sancionar con cárcel al responsable de incumplir con esta ley, siempre que sea intencionalmente. Asimismo, reduce la pena máxima de cinco a cuatro años, en caso de infracción a la LSST; y cuando se provoca la muerte o lesiones graves al trabajador o a terceros, con penas de diez a ocho años como máximo.

La iniciativa también permite contratar a firmas especializadas para la implementación, monitoreo y cumplimiento de la LSST.

EL DATODebate. Hoy la Comisión Permanente del Congreso de la República debatirá los proyectos del Ejecutivo relacionados a la reactivación de la inversión: cambios tributarios, laborales, de contratación con el Estado y de creación de un nuevo sistema de calidad.

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