Productores agrarios. (Foto: GEC)
Productores agrarios. (Foto: GEC)

El Poder Ejecutivo publicó la que fortalece las agencias agrarias mediante su implementación como centros de costos en los

La norma busca atender a los productores agropecuarios a través de la asistencia técnica que les permita mejorar e incrementar su producción agraria.

De esta manera, se constituyen en centros de costos cada agencia agraria como órgano descentralizado adscrito a los gobiernos regionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

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Los gores adoptan las medidas pertinentes como la adecuación de su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Manual de Organización y Funciones (MOF), instrumentos de gestión para concretizar lo prescrito en la presente ley, en un plazo máximo de 120 días hábiles contados desde la fecha de su publicación.

Cabe mencionar que, la presente ley se financia con el presupuesto asignado al gobierno regional, sin demandar recursos adicionales al

La disposición encarga al la elaboración de las disposiciones reglamentarias, de ser el caso, en un plazo de 90 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente ley.

Asimismo, autoriza a los gobiernos regionales a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático en caso de que sea necesario, a efectos de la implementación de la presente ley.

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