Las farmacias han estado bajo los reflectores en las últimas semanas por dos casos puntuales. Hace solo unos días, el Ministerio de Salud (Minsa) publicó un listado de 434 medicamentos genéricos que deben ser vendidos de forma obligatoria en farmacias y boticas.
Además, semanas atrás, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró como barrera burocrática que se impida a las farmacias ofrecer consultas médicas dentro de sus instalaciones y la venta de víveres.
Ambas situaciones, que han generado cuestionamientos desde algunos sectores y reconocimiento desde otros, no han sido ajenos al Congreso de la República.
Próxima discusión
En la reciente sesión ordinaria de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Parlamento, el congresista Wilder Soto Palacios, presidente de dicha comisión, comunicó el compromiso del grupo para tener listo el predictamen de seis proyectos de ley relacionados con la regulación de farmacias y medicamentos genéricos para el 8 de abril, con miras a su posterior debate.
Estos proyectos de ley tienen como objetivo abordar diferentes aspectos del sector farmacéutico en Perú, desde la transparencia en los precios y la calidad de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos hasta la promoción del acceso a medicamentos genéricos.
El congresista Wilder Soto, también mencionó que el ministro de Salud le dijo que presentaría una iniciativa legislativa que abarque estos temas, pero pasaron 20 dias y no vio acción.
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¿A qué apuntan los proyectos de ley? Aquí un resumen de los objetivos que se plantean en los diferentes textos.
- Proyecto 6273/2023-CR (Eduardo Castillo Rivas): Este proyecto se enfoca en la necesidad de ofrecer información clara y accesible sobre los precios y la calidad de los productos farmacéuticos y dispositivos médicos al público. Propone la utilización de medios de comunicación masivos, incluidos los digitales y redes sociales, para divulgar datos comparativos que ayuden a los consumidores a tomar decisiones informadas, buscando mitigar las distorsiones del mercado causadas por la asimetría informativa.
- Proyecto 7109/2023-CR (Eduardo Castillo Rivas): Apunta a modificar la legislación vigente para fortalecer el papel del Estado en la defensa de los consumidores de servicios farmacéuticos, especificando que las entidades de la Administración Pública deben proveer la información requerida por la Secretaría Técnica para el cumplimiento de sus funciones. Este proyecto busca clarificar las responsabilidades en la detección y denuncia de prácticas anticompetitivas en el sector farmacéutico.
- Proyecto 7176/2023-CR (José Luna Gálvez): Busca proteger al consumidor estableciendo restricciones dentro de las farmacias y boticas. Este proyecto prohíbe ofrecer consultas médicas, servicios de análisis clínicos, campañas médicas, degustaciones, locutorios, y la venta de alimentos perecibles, semiperecibles, víveres, cigarrillos y bebidas alcohólicas dentro de estos establecimientos, garantizando así que su función principal no se vea comprometida.
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- Proyecto 7211/2023-CR (Patricia Juárez Gallegos): Este proyecto promueve el acceso universal a medicamentos genéricos, obligando a las farmacias y boticas a mantener un stock permanente de estos productos. Modifica varios artículos de la Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios para asegurar la disponibilidad constante de medicamentos genéricos esenciales, estableciendo cuotas mínimas de stock según su rotación.
- Proyecto 7254/2023-CR (Digna Calle Lobatón) y Proyecto 7307/2023-CR (Edgard Reymundo Mercado): Ambos proyectos tienen como objetivo garantizar el acceso a medicamentos genéricos de manera permanente en boticas y farmacias, con énfasis en la responsabilidad de los químicos farmacéuticos en la orientación al usuario y la obligatoriedad de mantener actualizado un listado de medicamentos genéricos recomendados y en la la obligación de los médicos de priorizar la prescripción de medicamentos genéricos y obliga a las farmacias a mantener un stock mínimo del 40% de productos farmacéuticos genéricos para garantizar su disponibilidad.
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