El Indecopi determinó que la prohibición impuesta por el Ministerio de la Producción (Produce) sobre la extracción, transporte, procesamiento y comercialización de anchoveta en tallas menores a 12 centímetros no constituye una barrera burocrática ilegal.
Tal determinación la realizó esa institución, a través de su Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB).
La medida, refirió Indecopi, fue denunciada como barrera burocrática por la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP), y se encuentra en la Resolución Ministerial n°209-2001-PE y forma parte de las regulaciones sobre tallas mínimas de captura para preservar la sostenibilidad de las especies marinas.
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Informe de Imarpe
El análisis que respaldó esta decisión -según ese organismo estatal- se basa en un informe elaborado por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), en el cual se tomaron en cuenta estudios científicos realizados en ocho laboratorios del Imarpe, y factores socioeconómicos.
Estos estudios evalúan el tamaño medio de desove para garantizar la reproducción del 50% de la especie.
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Evidencias científicas
La Comisión destacó que la Ley General de Pesca permite este tipo de restricciones cuando están basadas en evidencias científicas y consideraciones socioeconómicas, como es el caso de esta prohibición.
Además, señaló que la SNP no habría cumplido con presentar pruebas suficientes para demostrar la falta de razonabilidad de esta medida, por lo que la CEB no realizó un análisis adicional sobre este punto.
Finalmente, el Indecopi aclaró que no es su competencia evaluar la calidad de la evidencia científica utilizada para fijar la talla mínima de captura, sino únicamente verificar que dicha valoración haya existido previamente, tal como lo establece la Ley General de Pesca.
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