El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) fijó este jueves las bandas de precios para el Gas Licuado de Petróleo destinado al envasado (GLP-E), Gas Licuado de Petróleo a granel (GLP-G) y Diésel B5 de uso vehicular.
Mediante la Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin 003-2023-OS/GRT, publicada hoy en El Peruano, se fijaron las bandas de precios para los combustibles mencionados.
Las bandas de precios y los márgenes comerciales aprobados en la resolución estarán vigentes a partir del viernes 27 de enero hasta el jueves 23 de febrero de este año.
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La norma dispone las bandas de precios de la siguiente manera:
La norma lleva la rúbrica del gerente de regulación de tarifas del Osinergmin, Miguel Révolo Acevedo.