Durante la madrugada del viernes, el pleno del Congreso de la República aprobó una ley que otorga un nuevo marco regulatorio para la actuación de las micro y pequeñas empresas (mypes).
Si bien la denominación mypes se mantiene, la norma ahora los denomina micro y pequeños emprendiemientos, los cuales mantienen, en gran parte, los beneficios de normas anteriores.
Una de las novedades de la autógrafa aprobada por el Parlamento es que se declara en emergencia por tres años solo a las microempresas, periodo en el cual tendrán un grupo de beneficios.
El primero de ellos es que se les concede una amnistía para que puedan regularizar el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social que estuvieran vencidas hasta la entrada en vigencia de la norma.
De esta manera se condonarán las multas, intereses u otras sanciones administrativas que se generen o hubiesen generado por el incumplimiento de los aportes a Essalud y la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
El periodo de acogimiento a este beneficio será corto, pues solo se conceden 90 días para que las microempresas puedan tramitar dicha amnistía ante las entidades correspondientes.
Trámites gratuitos
Durante el periodo de declaratoria de emergencia de los microemprendimientos, se busca facilitar la formalización de estos negocios.
Y es que se establece que los trámites de inscripción registral y otros que se realicen ante el Poder Ejecutivo para el funcionamiento de estas empresas serán gratuitos.
Esto regirá para microemprendimientos cuyo capital no exceda las 4 UIT. La constitución de las empresas será a través de la Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada (SACS), que se realiza directamente ante Registros Públicos sin necesidad de la intervención notarial.
Compras públicas
Otro beneficio que tendrán los microemprendimientos en los siguientes tres años es que en las compras estatales no se les exigirá historial o antecedentes de haber contratado con el Estado, además de priorizar mypes regionales y locales, según donde se desarrolle el proceso.
A ello se suma que estarán exoneradas de llevar contabilidad o libros contables, debiendo la Sunat implementar un mecanismo que viabilice este tema.
Medidas educativas ante faltas
En la norma aprobada por el Congreso de la República se establece un nuevo procedimiento de cumplimiento obligatorio en la fiscalización tributaria de los micro y pequeños emprendimientos.
Se precisa que en la fiscalización por incumplimiento de obligaciones tributarias, independientemente del régimen tributario en el que se encuentren las mypes, ante la primera infracción detectada la Sunat deberá aplicar una “medida educativa”.
Se precisa que las medidas educativas consisten en la asistencia a una capacitación en el local de la Sunat que se designe. Se entregará el material instructivo que explique el tipo de infracción cometida.
Pero no todas las mypes podrán acceder a este beneficio, pues se excluye a aquellas que tengan como titular o socios a personas que hubieran sido condenadas por delitos tributarios.
Si la empresa no cumple con la medida educativa, se le sancionará con la infracción correspondiente, aunque con 50% de descuento a pequeñas empresas y 70% a las micro.
En corto
Tributos. Un punto que no se da en la nueva ley de mypes es la simplificación de su esquema tributario, pues actualmente hay cuatro tipos diferentes: régimen general, Mype Tributario, RUS y RER. En la autógrafa solo se señala que el Poder Ejecutivo debe establecer un régimen tributario especial con impuesto único o monotributo.
La cifra
95.2% del total de empresas son microempresas a nivel nacional. En el 2020 eran más de 1.7 millones de empresas, la mayoría en comercio y servicios.