Los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa de Precios de Transferencia con el formato de “Reporte Local” cuando sus ingresos superen las 2,300 UIT (S/ 9.5 millones) y el monto de sus operaciones con partes vinculadas y paraísos fiscales supere las 100 UIT (S/ 415,000). Cuando supere las 400 UIT (S/ 1.6 millones), la información será más detallada y compleja.

Para el ejercicio 2016, el plazo vence en abril del 2018 y las operaciones del 2017 en junio de este año.

El reporte local debe ser presentado aun cuando no se superen los referidos límites, en operaciones de bienes a partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de paraísos fiscales, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable.

La obligación solo será de aplicación respecto de transacciones que tengan impacto tributario por generar rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del Impuesto a la Renta.

La multa por no presentar el Reporte Local es de 0.6% de los ingresos netos del contribuyente, con un tope máximo de 25 UIT (S/ 98,740 para el año 2016 y S/ 101,250 para el año 2017), detalló un informe de EY.

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