El Ministerio de Transportes y Comunicaciones () aprobó la exoneración en el cobro de las tasas por derechos de tramitación de los procedimientos de recepción y despacho de naves, que figura en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Portuaria Nacional (), aplicable a las naves fluviales y lacustres con arqueo bruto menor a 500 AB.

Según un decreto supremo del MTC, publicado ayer, dicha exoneración tendrán un plazo de vigencia de tres años contados a partir de hoy.

Cabe señalar que el pago por derecho de tramitación del procedimiento de "Recepción de Naves", asciende a S/. 333.53 y por el de "Despacho de Naves" se cobra S/. 327.35.

El MTC indicó que según la APN, las referidas tasas afectan a las naves menores a 500 AB que operan en la y lacustre del Perú, las mismas que principalmente están dedicadas a operaciones de cabotaje para el transporte de bienes de consumo local, y cuya población cuenta con condiciones económicas desfavorecidas en comparación al promedio nacional.

"Este mayor costo para la recepción y despacho de naves se tendría que trasladar al flete de la carga, incrementando los costos de transporte de los bienes de consumo y por ende el costo para la población final, con lo cual, podría incrementar las condiciones de pobreza de dicha población", dijo el MTC.

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