El plazo máximo para que las empresas paguen a sus trabajadores vence el 15 de julio. Pasada esa fecha si aún no se hizo el pago, por más que el empleador quiera llegar a un acuerdo con su trabajador, es considerada una infracción grave.

"Hay muchas empresas que trabajan hasta el viernes y dicen: el lunes te deposito. No es así, tienen que prever y hacer el pago antes. Si te pagan el 17 o 18 deberán pagar considerando un interés legal", comentó Abel Elías, especialista de la Dirección de Capacitación y Difusión Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ().

¿Ya sabe cuánto le toca recibir? Según el en principio se dice que es un sueldo para aquellos que trabajaron el semestre completo (1 de enero al 31 de junio), más el 9% de su sueldo (que es lo que la empresa le paga a EsSalud, o 6.5% en una EPS).

"El monto podría variar si el trabajador tiene faltas injustificadas y hay que señalar que la gratificación se paga por meses completos laborados; si el trabajador ingresó después del 1º de enero, ese mes no entrará al cálculo para el pago de la gratificación", aclaró Elías.

Entonces, por ejemplo, sobre un sueldo de S/ 1,000 lo que el trabajador debería recibir, si no tiene asignación familiar, S/ 1,090. "Si es una EPS, recibiría S/ 1,065".

Otro caso, con el mismo sueldo, es que si el trabajador no tiene el primer semestre completo y entró a trabajar a la empresa el 1º de marzo, solo se le computará para el cálculo cuatro meses (marzo – junio). Por lo tanto, su sueldo (S/ 1,000) deberá dividirlo entre seis y el resultado multiplicarlo por los meses laborados y sumarle el aporte a EsSalud (9% de su sueldo). "Es este caso, al no tener el mes completo recibiría S/ 923.33", detalló.

Para conocer más ejemplos, vea la entrevista completa aquí:

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