Con 95 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, el pleno del Congreso aprobó -en segunda votación- declarar como feriado nacional no laborable por conmemorarse la Batalla de Ayacucho el 9 de diciembre, la que se hará efectiva desde el 2022.
De esta manera son trece -ahora- los feriados nacionales no laborable para el 2022. Que son:
1.-Año Nuevo (01 de Enero)
2.-Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
3.-Día del Trabajo (01 de Mayo)
4.-San Pedro y San Pablo (29 de Junio)
5.-Fiestas Patrias (28 y 29 de Julio)
8.-Santa Rosa de Lima (30 de Agosto)
9.-Combate de Angamos (8 de Octubre)
10.-Todos los Santos (01 de Noviembre)
11.-Inmaculada Concepción (08 de Diciembre, previa emisión de dispositivo legal específico) -
12.-Batalla de Ayacucho (09 de Diciembre).
13.-Navidad del Señor (25 de Diciembre).
-Pago en feriados no laborable-
Los trabajadores del sector privado que laboren en feriado nacional no laborables podrán percibir una triple remuneración, así realicen trabajo presencial o remoto y sin descanso sustitutorio, informó la Cámara de Comercio de Lima.
“El pago del feriado es equivalente a una remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo. No obstante, el trabajador del sector privado tiene derecho a percibir tres remuneraciones, siempre que no cuente con descanso sustitutorio”, refirió el gerente del Centro Legal de la CCL, Victor Zavala.
En ese sentido, el trabajador percibirá:
- Una remuneración diaria por el feriado
- Una segunda remuneración por el trabajo realizado
- Una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio en otro día (sobretasa del 100 %).
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