Este domingo se celebra el Día del Padre en el Perú. Por ello, en esta nota recordaremos los beneficios laborales que reciben los papás trabajadores en el país.
1. Licencia por paternidad. Los papás trabajadores actualmente cuentan con 10 días calendario de licencia remunerada. Mauricio Matos, socio del área laboral de EY Perú, destaca el aumento en los días de descanso que ha tenido esta licencia en los últimos años.
Así, la primera ley se emitió en el 2009 y otorgó 4 días de licencia por paternidad; luego, en el 2018 otra ley amplió esta licencia a 10 días. Y actualmente en el Congreso de la República avanza un proyecto de ley que amplía esta licencia a 15 días. “Una vez se promulgue la nueva ley, tendrá una aplicación inmediata, no se requiere esperar a la publicación del reglamento”, subrayó el abogado laboralista.
Por su parte Claudia Tolentino, asociada del área legal del estudio Dentons, explicó que el periodo de esta licencia se puede contabilizar desde la fecha en que nace el hijo, desde que se le da de alta a la madre o incluso desde tres días antes de la fecha estimada de parto. “Será el trabajador el que decida la fecha de inicio de esta licencia y deberá informarla a su empleador con una anticipación no menor de 15 días”, refirió Tolentino.
LEA TAMBIÉN: Los diez nuevos beneficios laborales otorgados a los trabajadores en Perú en los últimos años
La legislación laboral establece dos situaciones en que el periodo de licencia por paternidad puede duplicarse a 20 días: en caso de un parto múltiple o en caso de un parto prematuro. Por parto múltiple se entiende a más de uno, es decir, desde mellizos. Y por parto prematuro se ha fijado al nacimiento anterior de la semana 37 de embarazo.
Asimismo, hay casos en que la licencia por paternidad puede ampliarse a 30 días: por nacimiento con enfermedad congénita terminal, discapacidad severa o por complicaciones graves en la salud de la madre.
Y si la madre fallece durante el parto o mientras goza de su licencia por maternidad (98 días), el periodo pendiente de goce puede ser transferido al viudo.
2. Asignación familiar. Este beneficio consiste en recibir, junto con el sueldo, una bonificación mensual equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital (RMV).
Actualmente la RMV es de S/ 1,025, por lo que la asignación familiar es de S/ 102.5.
3. Licencia por adopción. Los padres tienen derecho a una licencia remunerada de 30 días, cuando adoptan a un niño menor de 12 años. No obstante, la actual normativa indica que si los solicitantes son cónyuges trabajadores, la licencia solo se dará a la madre.
Esta situación desigual podría cambiar próximamente, pues el proyecto de ley que amplía la licencia por paternidad a 15 días, en otro de sus artículos también establece que la licencia por adopción de 30 días será en adelante igual, tanto para el padre como la madre.
4. Licencia por fallecimiento de un hijo. Según la normativa laboral, los trabajadores de la actividad privada tendrán el derecho a ausentarse de su puesto laboral con ocasión del fallecimiento de su cónyuge, padres, hijos o hermanos, hasta por un plazo de cinco días calendario, con goce de su remuneración.
En caso el deceso del familiar del trabajador se produzca en un lugar geográfico distinto al del centro de trabajo, la licencia se extiende hasta por el término de la distancia.
LEA TAMBIÉN: Trabajadores podrían descansar los sábados por motivos religiosos, luego compensarían
5. Licencia para terapias de hijos. Los padres pueden solicitar una licencia remunerada de hasta siete días al año (días consecutivos o periodos fraccionados) para ayudar en terapias por discapacidad o por enfermedad grave de sus hijos, indicó Claudia Tolentino.
“Este periodo se puede extender con los 30 días a cuenta de las vacaciones. Y de requerirse un mayor tiempo se puede solicitar más días de licencia que se podrían compensar con horas extras de trabajo”, refirió Tolentino.
6. Licencia en caso de tener un hijo con cáncer. Los trabajadores que tengan un hijo o dependiente menor de edad con diagnóstico oncológico podrán acceder, de manera a una licencia pagada por un periodo no mayor a 1 año.
El empleador deberá cubrir los primeros 21 días de esta licencia y el resto de días serán cubiertos por Essalud.
Futuro beneficio. El proyecto de ley que extiende la licencia por paternidad a 15 días también extiende la protección laboral al padre: no podrá ser despedido hasta un año después del nacimiento del menor. Esto aplicará en los casos donde la madre no cuenta con empleo durante la gestación o lactancia.
Le puede interesar:
-Se retrasará promulgación de ley que amplía la licencia por paternidad, ¿qué ocurrió?
-Descanso por cumpleaños: ¿Quiénes gozan de este beneficio en empresas públicas y privadas?
-Trabajador no puede sufrir reducción unilateral de sueldo aún si varía de funciones
Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.