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Richard Manriquermanrique@diariogestion.com.pe

¿La Ley de Consulta Previa es retroactiva?El Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional de Trabajo), vigente desde el 1995 en nuestro país, introdujo el derecho a la consulta en el Perú, pero ni la ley ni el reglamento pueden ser aplicados en forma retroactiva. Sólo podría considerarse como referente desde la publicación de esta norma (abril de 2012) hacia delante.

Si se diera algún conflicto con proyectos anteriores, ¿no se aplicaría?No. Eso no quiere decir que las personas pierdan su derecho, pero tendrá que juzgarse en el marco de las normas en su momento vigentes. Además, no todo proyecto de inversión requiere pasar por consulta previa. El primer requisito es que haya pueblos indígenas en las zonas de los proyectos y, en segundo lugar, haya una afectación a sus derechos. Sólo en ese caso se aplica.

Entonces, en el proyecto Conga no habría consulta.No. En ese caso, hay un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) aprobado, ya se tomó una decisión. Es evidente que la autoridad ha considerado que no hay ninguna afectación directa de a un derecho colectivo de un pueblo indígena.

¿Aún cuando el peritaje pueda observar el EIA de Conga?No. Los mecanismos toman en cuenta los procesos que están por iniciarse. Ahí hay un EIA aprobado, pero eso no quiere decir que no tengas mecanismos de participación. Los EIA contienen mecanismos de participación: han implicado un trabajo cercano con las comunidades.

¿Quiénes son considerados indígenas?El concepto deriva del Convenio 169 de la OIT, en su primer artículo. Establece dos requisitos: en primer lugar, los pueblos indígenas son aquellos que representan a poblaciones que estaban en el Perú antes de la llegada de los españoles y que conservan en todo o en parte las instituciones prehispánicas. Es decir, que mantienen una cultura viva, transformada seguramente, pero con ese vínculo. Esto se expresa en el idioma, las costumbres, las tradiciones. Y, en segundo lugar, se deben autoidentificar como pueblo indígena.

¿Ya tienen identificados a los pueblos indígenas? ¿Cuándo será la primera consulta?La ley y el reglamento recogerán una base de datos oficial, donde se detallará cuáles son los pueblos indígenas del país y sus organizaciones representativas. Ésta estará operativa el próximo mes, que nos permitirá identificar con claridad cuáles son los proyectos que van a requerir rápidamente empezar el trabajo de consulta.

¿Cómo harán con los pueblos en aislamiento?El reglamento tiene una previsión al respecto. Evidentemente no se puede hacer consulta, porque la condición de vulnerabilidad impide tener un contacto. Le corresponde al Viceministerio de Interculturalidad emitir opinión previa vinculante en caso hubiera algún tipo de proyecto que se desarrollara dentro de esas áreas.

¿Cuánto se reducirán los conflictos sociales con esta ley?No todos los conflictos sociales tienen que ver con indígenas, pero sí una parte importante. No podemos hacer un cálculo exacto de cuál será el impacto efectivo de la consulta, pero es una herramienta fundamental en cualquier estrategia de prevención de conflictos.