En lo que va del año el sector construcción e inmobiliarios figura dentro del top 5 de los sectores sancionados a raíz de los reclamos de los consumidores, según el portal “Mira a quien le compras” del Indecopi.
Con 77 sanciones y multas por 117.99 UIT (S/ 542,754), el sector construcción e inmobiliarios se encuentra en el tercer lugar como sector sancionado en el periodo de análisis, en tanto, por encima de este rubro se encuentra el sistema financiero bancario 417 sanciones y multas por 587.51) y transporte por vía aérea (78 sanciones y multas por 156.38).
En el cuarto lugar de sectores sancionados figura las agencias de viaje y otros servicios de transporte (56 sanciones y multas por 18.45 UIT) y en quinto lugar el sector comercio minorista de otros productos (48 sanciones y multas por 62.54 UIT).
Top 5 de sectores sancionados (Del 01.01.2022 al 10.05.2022) |
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Sector económico | Total de sanciones |
Monto UIT |
1. Sistema financiero bancario | 417 | 587.51 |
2. Transporte por vía aérea | 78 | 156.38 |
3. Construcción e inmobiliarios | 77 | 117.99 |
4. Agencias de viaje y otros servicios de transporte | 56 |
18.45 |
5. Comercio minorista de otros productos | 48 |
62.54 |
Fuente: Portal Mira a quien le compras - Indecopi |
Al detallar el ranking de proveedores sancionados en el sector inmobiliario, el mismo portal da muestra a 29 empresas con sanciones y multas en lo que va del año.
Entre ellas figuran las empresas Prohome Promotores Inmobiliarios, Establish Constructora inmobiliaria, Maravi Puente Realty Sociedad Anónima y Acciona Plus. (Ver lista completa).
Ranking de proveedores sancionados en sector construcción e inmobiliario (Del 01.01.2022 al 10.05.2022) |
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N° | Empresa (Razón social) |
Total de sanciones |
Monto UIT |
1 | PROHOME PROMOTORES INMOBILIARIOS S.A.C. | 24 | 9.40 |
2 | MUNDO VIVIENDA REALTY SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - MUNDO VIVIENDA REALTY S.A.C. | 6 | 10.00 |
3 | DESARROLLO SALAVERRY 475 S.A.C. | 3 | 11.23 |
4 | CONSTRUCTORA BETANIA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA | 3 | 10.00 |
5 | LOS PORTALES S.A. | 3 | 5.00 |
6 | PROMORE INMOBILIARIA S.A.C. | 3 | 3.50 |
7 | ESTABLISH CONSTRUCTORA INMOBILIARIA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA | 3 | 3.00 |
8 | MARAVI PUENTE REALTY SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - M.P. REALTY S.A.C. | 3 | 3.00 |
9 | ACCIONA PLUS S.A.C. | 3 | 0.00 |
10 | HONDERMANN LOPEZ, MARIA DEL | 2 | 6.00 |
11 | OSORES NINAHUANCA, JOSELITO ALAN | 2 | 4.00 |
12 | CONSTRUCTORA BRASILIA S.A.C. | 2 | 2.56 |
13 | PC SAN MIGUEL SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA | 2 | 2.50 |
14 | CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA CANO E.I.R.L. | 2 | 2.00 |
15 | DIVERSA TAMBOPATA S.A.C. | 2 | 0.00 |
16 | VALLE CONTRATISTAS Y CONSULTORES ASOCIADOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA | 1 | 12.00 |
17 | DPI INVESTMENT S.A.C. | 1 | 11.10 |
18 | DESARROLLO DE PROYECTOS INMOBILIARIOS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA | 1 | 6.49 |
19 | RB EDIFICACIONES S.A.C. | 1 | 3.80 |
20 | CONSTRUCCIONES E INMUEBLES S.A.C. | 1 | 3.00 |
21 | COAM CONTRATISTAS S.A.C. | 1 | 2.00 |
22 | KVC CONTRATISTAS S.A.C. | 1 | 2.00 |
23 | VITALIKA CONSTRUCTORA S.A.C. | 1 | 2.00 |
24 | BELLA ALAMEDA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA | 1 | 1.93 |
25 | INFINITY CORPORATION CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.C. | 1 | 0.73 |
26 | KARAL CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA | 1 | 0.50 |
27 | INMOBILIARIA ACTUAL COSTANERA S.A.C. | 1 | 0.25 |
28 | MORINC CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - MORINC S.A.C. | 1 | 0.00 |
29 | PROYECTOS INMOBILIARIA EDIFICA S.A.C. | 1 | 0.00 |
Fuente: Portal Mira a quien le compras - Indecopi |
Sobre las infracciones
La docente de posgrado de Gestión Pública de la Universidad Norbert Wiener, Wendy Ledesma, señaló a Gestión.pe que los derechos del consumidor inmobiliario se encuentran establecidos en el Capítulo IV del Código de Defensa y Protección al Consumidor.
Además, indica que se debe tener en cuenta la Ley 29080, Ley de Registro del Agente Inmobiliario, así como su reglamento, el Decreto Supremo N° 004-2018-VIV, que establecen una garantía legal para los consumidores.
Explica que si existen casos como la falta de entrega del bien inmueble dentro del plazo pactado por las partes, esta sería una infracción al deber de idoneidad.
“Si el saneamiento registral no se da, estamos en el mismo supuesto de infracción al deber de idoneidad, lo cual puede ser de la Inmobiliaria como de la Constructora, depende de quién es el proveedor que se obliga con el consumidor a esta gestión”, sostuvo.
Agregó que si al momento de la entrega del inmueble, el consumidor no está de acuerdo porque hay diferencias entre el contrato o lo ofrecido -conforme al Código- puede expresar su desaprobación, dejando constancia de ello en el Acta de entrega especificando el estado en general del bien.
Otras infracciones a la idoneidad se producen al momento de la entrega del inmueble, donde aparecen posteriormente rajaduras, fallas en los servicios o acabados. También figura la falta de información o atención de solicitudes de gestión o requerimientos.
A dónde recurrir
Ledesma señala que si los consumidores presentan las situaciones indicadas e incluso consideran que el contrato del inmueble contiene cláusulas abusivas o está padeciendo de métodos comerciales agresivos de parte de la inmobiliaria o constructoras, el consumidor puede recurrir al Libro de Reclamaciones (LR) de estos proveedores, lo que es una obligación legal (no pueden negarle interponer un reclamo en el LR) y debe brindársele una respuesta.
Otra opción es el servicio de atención gratuita de reclamos, a cargo del Servicio de Atención al Ciudadano donde las partes pueden llegar a un acuerdo conciliatorio, vinculante y definitivo. Este servicio puede ser presencial, por teléfono (2247777 o 0800-4-4040) y también utilizar el formulario virtual.
“Las indemnizaciones por daños y perjuicios solo pueden ser solicitadas al Poder Judicial, o vía un procedimiento arbitral de consumo, si es que el proveedor (inmobiliaria o constructora) están afiliados al Sistema arbitral de consumo del Indecopi. El Indecopi es una entidad administrativa, solo puede otorgar medidas correctivas si es que haya responsable al proveedor, no otorga indemnizaciones”, detalló.
De igual manera, dijo que el consumidor inmobiliario podría interponer una denuncia administrativa, y dependiendo del monto, puede ir a una vía sumarísima (30 días) o una ordinaria (120 días).
Para ello, precisa, se deberá pagar previamente una tasa administrativa por el servicio que brinda el Indecopi. La diferencia en el plazo radica en las actuaciones probatorias que se requieren en cada vía. Así, por ejemplo, indica que es diferente verificar si es que se cumplió con un plazo a verificar si una rajadura es estructural y, por tanto, se requiere una pericia de un ingeniero civil.
Finalmente, existe el Defensor del Cliente Inmobiliario (DCI), una alternativa gratuita y del gremio inmobiliario, que ofrece resolver controversias.
La DCI suscribió un acuerdo con Indecopi y ofrece el servicio online “Aló Casa”. Para presentar su reclamo, debe ser cliente de la empresa proveedora la cual debe estar adherida a la Defensoría del Cliente Inmobiliario, y contar con los documentos que demuestren la relación de consumo como el contrato de compraventa de bien inmueble, contrato de arras, recibos, entre otros.