A través del Nº 1347 publicado hoy en el diario oficial, el gobierno modificó la Ley del (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo en un punto porcentual a partir del 1 de julio de 2017.

El decreto legislativo entrará en vigencia siempre que la recaudación anualizada del IGV total neto de sus devoluciones internas, al 31 de mayo de 2017, alcance el 7.2% del PBI.

[LEA TAMBIÉN: ]

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), precisó que en nuestro país existe un Impuesto al Valor Agregado (IVA) de 18%, el cual se compone de dos impuestos: i) IGV que actualmente está en 16% y ii) el Impuesto a la Promoción Municipal (IPM), actualmente de 2%.

"De esta manera, el 18% antes mencionado corresponde a la suma del IGV (16%) y el IPM (2%). El Decreto Legislativo publicado permite modificar la Ley del Impuesto General a las Ventas a fin de reducir en un punto porcentual la tasa de dicho impuesto, de 16% a un 15% a partir de julio", precisó el MEF

La norma lleva la firma del presidente de la República Pedro Pablo Kuczynski, el primer ministro Fernando Zavala y del ministro de Economía y Finanzas Alfredo Thorne.

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.