Si bien el Gobierno de Martín Vizcarra dio una norma que levantó las restricciones para que las empresas de transporte marítimo de bandera extranjera puedan realizar transporte de carga entre puertos nacionales (cabotaje) esa norma está próxima a vencer, situación que preocupa a operadores de comercio exterior.
Christian Calderón, director del Consejo de Usuarios del Sistema de Distribución Física de Mercancías (Conudfi), explicó a Gestión que el problema con esta actividad es que en las próximas semanas vence el decreto legislativo que permitió en forma temporal liberalizar el cabotaje de las restricciones que impone la ley que permite esa actividad.
Este decreto fue dado en el 2018, a raíz del Fenómeno del Niño Costero, para permitir la operación, en forma temporal, de naves de bandera extranjera entre puertos del país ante el deterioro de carreteras a causa de ese fenómeno natural, que afectaron el transporte vial.
¿Qué plantean los gremios?
El director de Conudfi (consejo que agrupa a Adex, la SNP, Frío Aéreo, CCL, entre otros gremios) señaló que es necesario que el Ejecutivo dicte una norma que de forma permanente elimine las restricciones que tienen las navieras para poder prestar el servicio de cabotaje en el Perú, pues la regulación actual sólo facilita esa actividad a empresas nacionales, y sólo temporalmente la facilitó a extranjeras.
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En efecto, el citado decreto exceptúa a las personas naturales o jurídicas con capital social de origen nacional o extranjero vinculado al transporte marítimo de pasajeros y carga en la costa peruana por tres años de la obligación de contar con el requisito de constitución en el país.
La excepción también se aplicaba a la obligación de obtener un permiso de operación por parte de la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el propósito de generar una mayor oferta de naves para cubrir las necesidades de transporte por tráfico de cabotaje.
¿Cuánto movió el cabotaje este año?
Según informara en su momento el MTC, en los primeros cinco meses se habían realizado operaciones de cabotaje desde los puertos del Callao, Ilo, San Juan de Marcona, Paita, entre otros, y se habían movido más de 45 mil toneladas de carga en general, además de carga en contenedores.
Vale destacar que el transporte marítimo de cabotaje, según destacara el citado ministerio, es muy participativo, porque el gasto de la operación se redistribuye entre todos los operadores de la cadena logística marítima y portuaria como las navieras, puertos, almacenes y el transporte local, y no se recarga exclusivamente en el transportista.
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Al respecto, el presidente de la Comisión de Asuntos Portuarios de la Cámara de Comercio de Lima, Alberto Ego-Aguirre, señaló que, en lo que se tendría que enfocar ahora el (nuevo) Gobierno para promover el transporte marítimo entre puertos nacionales, es establecer una regulación clara para el cabotaje, dado que esa operación constituye una alternativa al transporte de la carga en camiones.
Alternativa permite ahorro en fletes
Explicó que el cabotaje permite ahorrar entre un 20 a 25% en los costos de transporte de mercancías, en comparación con el transporte en camiones y que inclusive la CCL intentó juntar a grandes empresas de supermercados, como Ripley, para que puedan movilizar sus productos entre sus locales de provincias al Callao, pero que ello enfrenta una traba.
Esta última, explicó, está dada por la propia regulación nacional del cabotaje, que al resultar proteccionista (porque privilegia la operación de empresas nacionales en esa actividad sobre las extranjeras) no permite una mayor oferta de naves de bandera extranjera que puedan prestar ese servicio.
Refirió que si hubiera reglas claras en el tiempo para permitir la inversión en cabotaje, las líneas navieras que hacen recaladas al Perú, podrían destinar naves de menor calado para realizar cabotaje en el país.
En este punto, Ego-Aguirre refirió que habían planteado al MTC en varias ocasiones que elimine las restricciones antes mencionadas, pero sin ningún resultado hasta el momento.
Vale indicar que el DL que permite transitoriamente la operación de empresas extranjeras en esa actividad, establece que la ampliación del plazo para dicha actividad se puede establecer mediante decreto supremo refrendado por el MTC.