En julio del 2021 se publicó la Ley 31298, mediante la cual se prohibió a las entidades del Estado seguir contratando a trabajadores subordinados mediante contratos de locación de servicios (ver El Dato), debido a la afectación a sus derechos laborales que ese tipo de contratación trae consigo.
Sin embargo, su aplicación deberá esperar hasta el final del 2022.
En efecto, el Gobierno podrá seguir contratando personal mediante la modalidad de locación de servicios para cumplir con labores esenciales, gracias a la septuagésima segunda (72) disposición complementaria final de la Ley de Presupuesto Público para el 2020, Ley 31365.
Dicha disposición establece que se suspenden los efectos de la Ley 31298 hasta el 31 de diciembre del 2022.
Importancia
Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, señala que lo dispuesto en la Ley 31365, en pocas palabras, “legaliza la informalidad en el Estado”.
“Estos contratos son utilizados, en su mayoría, para contratar trabajadores que, realmente deberían estar en planilla”, explica Toyama, quien agrega que la norma es inconstitucional, al consagrar “la contratación fuera de planilla”.
De acuerdo con Toyama, hoy en día existen más de 100,000 personas bajo este tipo de contratos “y casi todos deberían estar en planilla”.
En ese sentido, indica que los trabajadores que están en estos puestos deberían demandar al Estado.
Por su parte, Ana Cecilia Crisanto, jefa del área laboral de la Facultad de Derecho de la Universidad de Piura, indicó que la ley “levanta la prohibición legal expresa de no contratar ‘falsos locadores’ en el Estado”.
En ese sentido, se pregunta si dicha medida contribuye de alguna forma al desarrollo de los trabajadores del Estado, si promueve un sector público eficiente, si facilita la labor de Servir y si se prioriza la meritocracia en el Estado, o si la realidad es todo lo contrario.
CAS
La septuagésima segunda disposición complementaria final de la Ley 31365 además contempla que se podrán renovar los contratos de los trabajadores CAS hasta finales del 2022.
Ello pese a que, a comienzos de año, se emitió la ley que busca eliminar de manera progresiva el régimen CAS.
El Dato
Locadores. Las personas que trabajan bajo un contrato de locación de servicios no se encuentran en planilla ya que, en estricto, no tienen una relación laboral con su contratante. En ese sentido, no les corresponden vacaciones, gratificaciones, CTS, utilidades, asignación familiar u otros beneficios.
LEYENDA: CAS. También podrán ser renovados hasta fines del 2022 en el Estado.