Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (Foto: GEC)
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (Foto: GEC)

Ante el estado de emergencia nacional por el que atraviesa el país como consecuencia del brote del Covid-19, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha dispuesto que las entidades del Sistema Financiero, Seguros, AFP y Cooperativas puedan modificar el horario de atención al público de sus oficinas a nivel nacional.

De acuerdo a ello, cada entidad deberá establecer su horario de atención, cumpliendo un mínimo de horas, el mismo que se aplicará en tanto dure la emergencia sanitaria, así como las restricciones que existen para el desplazamiento de las personas.

Las entidades deberán informar por los medios que estén a su alcance tales como páginas web, avisos en las puertas de sus agencias, redes sociales el nuevo horario establecido.

Hace dos días, la SBS emitió un oficio en donde faculta a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción para facilitar el pago de deudas de personas naturales y jurídicas, también en el marco del Estado de Emergencia.

El objetivo es que los deudores puedan cumplir con el pago de los créditos que mantienen vigentes.

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