El Organismo Supervisor de Inversiones Privadas en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró fundado “en parte” el recurso de apelación interpuesto por la empresa Telefónica del Perú, que opera bajo la marca Movistar en el país, a una disposición que establecía una multa equivalente a S/1,268,960. De esta manera, la compañía de telefonía e internet pagará una suma menor que llega a S/772,500.
Así lo indicó una resolución de dicha entidad, publicada hoy en Normas Legales de El Peruano y que modificó la multa impuesta de 246,40 UIT (unidades impositivas tributarias) a 150 UIT.
La sanción inicial se remonta al 24 de abril de este 2024, cuando el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) multó a Telefónica del Perú por el incumplimiento de 451 resoluciones emitidas en procedimientos de reclamos durante el periodo de julio a diciembre de 2022.
LEA TAMBIÉN: JetSmart Perú incorporará octavo avión e incrementará frecuencias
“Telefónica discrepó de manera genérica”
En respuesta a la multa original, Telefónica aseguró haber desplegado las gestiones suficientes para cumplir con las resoluciones emitidas, aunque ello no fue valorado en la primera instancia.
Sin embargo, el organismo regulador afirmó que la empresa de capitales españoles no especificó en qué casos, de los 451 analizados, la evaluación del TRASU es incorrecta, ni brindó las razones, “habiéndose limitado a discrepar de manera genérica de la valoración efectuada”. Es decir, la empresa no habría aportado con pruebas que demostraran que cumplió con lo ordenado por el tribunal de última instancia en todos los casos imputados, ni que agotó las gestiones necesarias. Por lo expuesto, desestimó sus argumentos.
LEA TAMBIÉN: Grupo Gloria contempla construir planta de óxido de calcio en Lima
Según el dispositivo legal, Telefónica tampoco acreditó el cese de la conducta infractora en todas las resoluciones imputadas, siendo su obligación demostrarlo para acogerse a un eximente o atenuante de responsabilidad, sin que fuera suficiente solo afirmarlo.
Respecto a la determinación de la multa, el tribunal de Osiptel advirtió que, en una carta de septiembre del 2023, la Secretaría Técnica del TRASU precisó que la imposición de la posible sanción se situaría en el rango de hasta máximo 150 UIT, lo cual equivale a una infracción grave conforme a la escala de multas.
Por esa razón, aunque inicialmente se impuso una sanción económica más alta, se decidió reducir la multa a 150 UIT para alinearse con los parámetros establecidos y no agravar la situación de Telefónica respecto a lo comunicado al inicio del proceso.
Temas que también te puede interesar sobre Osiptel:
- “La OCDE jamás ha recomendado al Perú la fusión de los organismos reguladores”
- Osiptel bloqueará celulares no registrados a partir del 22 de julio
- Osiptel confirma multas por S/1.7 mllns a Telefónica: ¿cuál fue la causa?