En la resolución publicada hoy, Osiptel resolvió que declarar "fundado en parte" el recurso de apelación presentado por la Telefónica del Perú.
En la resolución publicada hoy, Osiptel resolvió que declarar "fundado en parte" el recurso de apelación presentado por la Telefónica del Perú.

El declaró fundado “en parte” el recurso de apelación interpuesto por la , que opera bajo la marca en el país, a una disposición que establecía una multa equivalente a S/1,268,960. De esta manera, la compañía de pagará una suma menor que llega a S/772,500.

Así lo indicó una resolución de dicha entidad, publicada hoy en Normas Legales de El Peruano y que modificó la impuesta de 246,40 UIT (unidades impositivas tributarias) a 150 UIT.

La sanción inicial se remonta al 24 de abril de este 2024, cuando el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) multó a por el incumplimiento de 451 resoluciones emitidas en procedimientos de reclamos durante el periodo de julio a diciembre de 2022.

LEA TAMBIÉN: JetSmart Perú incorporará octavo avión e incrementará frecuencias

“Telefónica discrepó de manera genérica”

En respuesta a la multa original, Telefónica aseguró haber desplegado las gestiones suficientes para cumplir con las resoluciones emitidas, aunque ello no fue valorado en la primera instancia.

Sin embargo, el afirmó que la no especificó en qué casos, de los 451 analizados, la evaluación del TRASU es incorrecta, ni brindó las razones, “habiéndose limitado a discrepar de manera genérica de la valoración efectuada”. Es decir, la empresa no habría aportado con pruebas que demostraran que cumplió con lo ordenado por el tribunal de última instancia en todos los casos imputados, ni que agotó las gestiones necesarias. Por lo expuesto, desestimó sus argumentos.

LEA TAMBIÉN: Grupo Gloria contempla construir planta de óxido de calcio en Lima

Según el dispositivo legal, tampoco acreditó el cese de la conducta infractora en todas las resoluciones imputadas, siendo su obligación demostrarlo para acogerse a un eximente o atenuante de responsabilidad, sin que fuera suficiente solo afirmarlo.

Respecto a la determinación de la multa, el advirtió que, en una carta de septiembre del 2023, la Secretaría Técnica del TRASU precisó que la imposición de la posible sanción se situaría en el rango de hasta máximo 150 UIT, lo cual equivale a una infracción grave conforme a la escala de multas.

Por esa razón, aunque inicialmente se impuso una más alta, se decidió reducir la multa a 150 UIT para alinearse con los parámetros establecidos y no agravar la situación de respecto a lo comunicado al inicio del proceso.

Temas que también te puede interesar sobre Osiptel:

Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.