El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ratificó la sanción impuesta a la empresa Entel por S/ 3 millones 042,150. De acuerdo con la resolución de la entidad reguladora, en julio del año pasado, la Dirección de Fiscalización e Instrucción (DFI) notificó a la operadora sobre el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (PAS), por dos presuntas infracciones de categoría “muy grave”.
La primera sanción impuesta, equivalente a 350 unidades impositivas tributarias (UIT), que corresponde a S/1 millón 802,500, señala que Entel no habría realizado la contratación de servicios públicos móviles a través de los canales establecidos por la Norma de Condiciones de Uso. En su lugar, se habrían efectuado 20 contrataciones de manera ambulatoria (en la vía pública) entre el 29 de marzo y el 6 de junio de 2023.
Además, el organismo afirma que la empresa no verificó la identidad de los vendedores en las contrataciones del servicio móvil mediante la validación biométrica de huellas dactilares en 209,844 líneas entre el 15 de marzo y el 2 de abril de 2023.
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La segunda sanción impuesta por S/1 millón 239,605 (240.7 UIT), según Osiptel, responde a que la operadora no proporcionó toda la información requerida y con carácter de obligatorio, con un plazo específico para su entrega durante las acciones de fiscalización llevadas a cabo el 4 y 11 de abril de 2023.
Los argumentos de Entel que fueron desestimados
En su recurso de apelación, Entel cuestionó la legalidad del proceso de fiscalización argumentando un uso indebido de documentos y el incumplimiento de ciertos procedimientos establecidos por la ley.
Mencionó que en la fiscalización, se usaron documentos incorrectos que no estaban destinados para recoger información durante acciones de campo, sino para fiscalizaciones de escritorio. “Dichas actas no están dirigida a aquellas situaciones donde la entidad produce medios de prueba que sirven de imputación”, señala la resolución. Para la empresa, esta acción vulnera el principio de debido procedimiento, lo que podría invalidar el proceso administrativo sancionador (PAS).
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Además, Entel advierte que aunque las fiscalizaciones encubiertas pueden ser una muestra de la discrecionalidad de la autoridad, no exime a la autoridad de cumplir con las normativas establecidas, como la Ley del Procedimiento Administrativo General y el Reglamento General de Fiscalización.
La operadora argumenta que Osiptel debería haber identificado al empleado de Entel presente durante la fiscalización y haberle entregado una copia del acta para que puedan hacer observaciones sobre la acción de fiscalización.
Finalmente, el organismo regulador desestimó la solicitud de nulidad de la sanción y le ratificó los cargos anteriormente mencionados.