Emprendedor peruano podrá registrar su marca Polo Hit’s. Foto: Freepik.
Emprendedor peruano podrá registrar su marca Polo Hit’s. Foto: Freepik.

En segunda y última instancia administrativa, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual del , dio la razón al emprendedor peruano Carlos Wilfredo Valle Farfán, permitiéndole registrar la Polo Hit’s. La decisión se toma luego de que la multinacional estadounidense The Polo/Lauren Company se había opuesto a su inscripción porque el signo solicitado resultaba gráfica y conceptualmente confundible con sus marcas registradas.

Al respecto, tras un riguroso análisis, el determinó que no existía riesgo de confusión para los consumidores y descartó que el registro se haya realizado de mala fe. En tal sentido, la Sala señaló que Polo Hit’s incorpora un diseño único, representado por un caballero medieval con escudo y espada sobre un caballo, lo que lo diferencia claramente de los elementos visuales asociados a The Polo/Lauren Company, que incorpora a un jugador de polo sobre un equino.

De esta manera, a través de una resolución, el colegiado reafirma que las marcas deben evaluarse considerando su conjunto y su impacto en el consumidor promedio, dejando claro que la coexistencia de con elementos similares es posible siempre que se garantice la distinción suficiente. Así, se le permitió el registro de la Polo Hit´s en la clase 25, para distinguir , y artículos de sombrerería.

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En el presente caso, la opositora, The Polo/Lauren Company L.P., no ha logrado acreditar la actitud desleal del solicitante ni la supuesta intención de este, a través de la presente solicitud de registro, de perpetrar o cometer un acto de competencia desleal. En tal sentido, no se han configurado los supuestos necesarios para considerar que Carlos Wilfredo Valle Farfán, a través de la solicitud del presente registro, pretende perpetrar un acto de , por lo que no corresponde aplicar el artículo 137 de la Decisión 486″, se lee en la resolución del .

Otro caso: firma peruana vence a McDonald’s

A inicios de 2025, el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la de resolvió a favor de MC HAPPY BAR” en una disputa legal presentada por McDonald’s, que buscaba impedir su registro argumentando riesgo de confusión y aprovechamiento indebido de su prestigio de . Tras ese acto, la empresa nacional pudo avanzar con su registro y operar en el mercado bajo dicha denominación.

La multinacional argumentó que la inclusión de la partícula “MC” en la marca podría generar confusión con sus propios signos distintivos, notoriamente conocidos en la clase 43, relacionados con servicios de restauración. Además, alegó que el término “HAPPY BAR” carecía de distintividad y que el registro podría suponer un aprovechamiento indebido de su prestigio.

Frente a esa postura, el determinó que la combinación de elementos en “MC HAPPY BAR” es lo suficientemente distintiva para diferenciarse de los signos de McDonald’s y que no representa un riesgo de dilución ni de aprovechamiento del prestigio de la marca opositora.

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