La firma electrónica cuenta con la misma validez y eficacia jurídica de la firma manuscrita para firmar documentos laborales, tal como detalla la Ley de Firmas y Certificados Digitales (Ley N° 27269) y el Decreto Legislativo Nº 1310. (Foto: iStock)
La firma electrónica cuenta con la misma validez y eficacia jurídica de la firma manuscrita para firmar documentos laborales, tal como detalla la Ley de Firmas y Certificados Digitales (Ley N° 27269) y el Decreto Legislativo Nº 1310. (Foto: iStock)

A casi un año y medio del inicio de la pandemia del COVID-19, el repunte de contagios en el Perú permite percibir cada vez más cerca la inminente llegada de una tercera ola. Con ella, como en cada una de las anteriores, la posibilidad de nuevas restricciones de movilidad que pueden impactar tanto a trabajadores como a empresas de diversos rubros y tamaños empieza a asomar.

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