La empresa Transportes Civa indicó que apelará la sanción impuesta por el Indecopi, luego que este organismo aplicara una multa de 700 UIT (S/ 3′010,000) a la compañía por brindar sus servicios sin tener licencia de funcionamiento, lo que fue calificado de acto de competencia desleal en la modalidad de violación de normas.
En la resolución de primera instancia, Indecopi precisó que para hallar el cálculo de la sanción se consideró factores como el beneficio ilícito obtenido por Transportes Civa, pues operaba en el terminal terrestre ubicado en la avenida Panamericana Sur, km 11,300 de San Juan de Miraflores (Terminal Terrestre Atocongo), sin contar con licencia de funcionamiento.
Al respecto, el presidente del directorio de Transportes Civa, Luis Miguel Ciccia, indicó a Gestión.pe que sí cuenta con la licencia de funcionamiento así como otros documentos otorgados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Además, son supervisados por la Superintendencia de Transporte Terrestre, Carga y Mercancías (Sutran).
Explicó que desde inicios de octubre del 2019 el Indecopi venía solicitando a Civa la licencia de funcionamiento y en los descargos - entregados el 21 de octubre de ese año- la compañía mostró la licencia de funcionamiento y el contrato con el terminal terrestre.
“A Indecopi le hemos respondido todo lo que nos ha pedido de oficio y nos ha causado sorpresa que emita esta resolución que ha sido publicada. Obviamente no debería pasarse a los medios de prensa hasta que eso ya esté consentido. Al final (del comunicado de Indecopi) dice “Civa tiene 15 días para apelar”, que obviamente tenemos todo para apelar porque eso no tiene ni pies ni cabeza”, dijo.
Agregó que este hecho ha causado daño en la empresa, poniendo en riesgo los contratos que tiene con diversas compañías, como las mineras Chinalco y Minsur y la Federación Peruana de Fútbol.
Hechos desde el 2019 y actos de mala fe
El 4 de octubre del 2019 Civa recibió de Indecopi una notificación en la que se imputaban cargos por tres supuestas infracciones encontradas, de las cuales dos se archivaron y una quedó pendiente, referida precisamente a la falta de licencia de funcionamiento, explica Mary Pérez, abogada de la empresa de transportes.
Precisó que el 25 de octubre de ese año se realiza el descargo de documentos con la entrega del contrato que se tiene con el terminal y la licencia de funcionamiento del terminal.
En este punto, Ciccia recalca que Civa llega al terminal terrestre Atocongo cuando éste logra la habilitación de funcionamiento otorgada por la municipalidad de San Juan de Miraflores y el MTC.
La abogada precisa que la infracción interpuesta por Indecopi se debe por no acreditar contar con la licencia de funcionamiento emitida por la autoridad competente para la expedición de pasajes y se recomienda el inicio de un proceso sancionador.
“Sin embargo, en los descargos indicamos que sí contamos con las licencias de expedición de pasajes, y después, nos dicen que la infracción es por no presentar licencias de funcionamiento para embarque o desembarque, es decir, por otro tema, que no fue lo que inició el procedimiento sancionador. Entonces, de por sí, este proceso sancionador es nulo”, dijo.
Agregó que el Indecopi actuó de mala fe puesto que la resolución emitida señala que se tienen 15 días para presentar la apelación y en grafemas muy pequeñas se indica que puede ser objeto de impugnación.
“A lo que vamos es la mala fe de esta institución. Ellos (Indecopi) nos iniciaron procedimientos por las letras pequeñas de los boletos, sin embargo, en su notificación de resolución, no especifican que tenemos derechos de defensa. Esto lo ponen en letras minúsculas que no llegan ni a tres milímetros”, dijo.