
Cuando una empresa contrata a un trabajador vía contrato de locación de servicios, no crea un vínculo laboral con aquel, y puede despedirlo, ya que no cuenta con estabilidad laboral. Sin embargo, si excede su plazo máximo de 5 años, el contrato se “desnaturaliza” y genera un vínculo laboral que la empresa debe respetar, estando imposibilitada de despedirlo.
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