En el marco de la Segunda Reforma Agraria, el Ejecutivo oficializó este jueves la creación de la Comisión Multisectorial, de naturaleza permanente, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, denominada “Consejo Nacional para el Desarrollo Agrario y Rural”, que formulará propuestas y acciones articuladas para promover el desarrollo de 2.2 millones de productores de agricultura familiar.
Según la norma, el “Consejo Nacional para el Desarrollo Agrario y Rural” emitirá el informe técnico sobre propuestas y medidas articuladas para promover el desarrollo agrario y rural, que permita mejorar los ingresos de los pobladores rurales, especialmente de las unidades productivas agropecuarias de la agricultura familiar, comunidades nativas y comunidades campesinas.
El Consejo considera mecanismos de provisión articulada de infraestructura económica, social y ambiental, con enfoque territorial y pertinencia cultural.
En conferencia de prensa realizada el miércoles en Palacio de Gobierno, el ministro Víctor Raúl Maita había adelantado la aprobación de la norma de creación del Consejo Nacional para el Desarrollo Agrario y Rural y del Gabinete de Desarrollo Agrario y Rural, como parte del proceso de la Segunda Reforma Agraria.
Plan de acción
Las principales tareas del Consejo serán identificar de manera concertada, coordinada y articulada las necesidades prioritarias que se requieren para el desarrollo agrario y rural, así como las intervenciones que respondan a estas.
Para ello, se incorporan mecanismos de provisión articulada de infraestructura económica, social y ambiental, con enfoque territorial y pertinencia cultural, así como propuestas para el Plan de Acción y su actualización en base a las necesidades e intervenciones identificadas, lecciones aprendidas y otros que garanticen el desarrollo agrario y rural.
El consejo podrá convocar a representantes de las entidades del Poder Ejecutivo, de los gobiernos subnacionales, del sector privado, de la sociedad civil organizada, pueblos indígenas o de la cooperación internacional, así como a especialistas o personas expertas en la materia, nacionales o extranjeras, relacionados con el desarrollo rural, para que coadyuven con el cumplimiento del objeto de la Comisión.
Además, se instalará dentro del plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del decreto supremo.
Como disposición transitoria se señala que el consejo, en un plazo máximo de 120 días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, presentará un informe técnico que contendrá las recomendaciones de acciones e intervenciones para el “Plan de Acción para el Desarrollo Agrario y Rural”.
Dicho plan se actualizará cada cinco años, considerando las recomendaciones efectuadas por el “Consejo Nacional para el Desarrollo Agrario y Rural”.
Gremios representativos
El consejo será presidido por la Presidencia del Consejo de Ministros, y también estará integrado por los titulares del Midagri, Minam, Mincetur, Mincul, Midis, MEF, Minem, MIMP, Cancillería y MTC.
Asimismo, lo componen representantes de la Red de Municipalidades Rurales del Perú; Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE); Convención Nacional de Agro Peruano, Conveagro; Confederación Campesina del Perú (CCP); Confederación Nacional Agraria (CNA); Central Única de Rondas Campesinas del Perú (Cunarc); Junta Nacional de Usuarios de los sectores Hidráulicos de Riego del Perú; Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (Onamiap)
Además, organizaciones como la Federación Nacional de Mujeres Campesinas Artesanas Indígenas Nativas y Asalariadas del Perú (Femucarinap); Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep); Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP); Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA); Asociación de Gremios Productores Agrarios del Perú (AGAP); Asociación Nacional de Productores Ecológicos del Perú (ANPE Perú).