Los edificios de departamentos no podrían contratar empresas de vigilancia, según propuesta legislativa. (Foto: Diana Chávez | GEC)
Los edificios de departamentos no podrían contratar empresas de vigilancia, según propuesta legislativa. (Foto: Diana Chávez | GEC)

La bancada de Acción Popular presentó un proyecto de ley que plantea la creación de un régimen laboral especial para los vigilantes de edificios de departamentos, quintas, condominios u otras unidades de vivienda.

Se trata del Proyecto de Ley N° 6589/2020-CR, que plantea condiciones mínimas de trabajo para los vigilantes, como las siguientes:

  • Un espacio físico o área de trabajo techado para sus labores de portería
  • Si presta el servicio en el exterior, se le debe proveer de una silla y caseta
  • También debe tener acceso a servicios sanitarios y agua potable

Entre los otros beneficios, se encuentra el piso salarial del sueldo mínimo, 15 días de vacaciones, gratificación, asignación familiar, seguro de salud (SIS), y fiscalización de la Sunafil.

Además, señala que la indemnización por despido injustificado equivale a 15 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios, con un tope de 180 remuneraciones diarias.

Por otro lado, el proyecto del parlamentario Wilmer Bajonero, prohíbe la contratación de empresas de vigilancia o seguridad privada para custodiar edificios de departamentos, quintas, condominios u otras unidades de vivienda.

Según la norma, los vigilantes de los edificios no podrán ser empleados a través de compañías especializadas.

“Los empleadores no podrán contratar servicios de terceros (empresas dedicadas al servicio de seguridad privada)”, se señala en el artículo 12 del proyecto.