El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú () aprobó hoy el cambio en las regulaciones de encaje para flexibilizar el financiamiento de largo plazo en moneda nacional de las entidades financieras. Esta nueva medida de encaje entrará en vigencia el 1 de mayo del presente año y no implica una modificación en las tasas de encaje.

El cambio está referido al límite del patrimonio efectivo de las entidades financieras, sin embargo no implica una modificación en el .

Anteriormente, las obligaciones que excedieran el límite equivalente a 2.2 veces el patrimonio efectivo de las entidades financieras estaban sujetas a un encaje de 25%.

Con esta norma, que entrará en vigencia este miércoles, ese límite se eleva a 2.3 veces el patrimonio efectivo, siempre que el financiamiento en moneda extranjera de largo plazo sea menor a dos veces el patrimonio efectivo de las entidades financieras.

Con ello, las empresas del dispondrán de un mayor margen para tomar financiamiento de largo plazo en moneda nacional, sin estar sujeto a encaje.

Esta medida complementa una norma previa adoptada en febrero de este año por la que se incentiva los créditos en soles de largo plazo a los segmentos hipotecario y vehicular, con lo cual se busca desdolarizar el crédito a las familias.

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