Desde el 2025, las compañías de seguros deberán reportar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) información sobre los seguros de caución y las cartas fianza emitidas y ejecutadas.
Esta norma tiene como finalidad la creación de un ente centralizado que permita contar con datos sobre los referidos productos, así como de los siniestros relacionados con ellos y la identificación de diversos riesgos, señala el regulador.
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“Se han registrado casos donde se falsificaron cartas fianza, especialmente, en contrataciones públicas; sin embargo, no había un sistema centralizado donde se pudiera verificar la validez de estos documentos, tanto los emitidos por bancos como por aseguradoras. Hay un problema de desconfianza”, sostuvo Luis Miguel Garrido, asociado senior del Área Financiera y Corporativa del estudio Rubio Leguía Normand.
Por ello, aseguró, un pedido recurrente de las entidades estatales es que dicha garantía no sea enviada por la empresa que se presenta a una licitación, sino directamente por el banco o la compañía de seguros que la emite.
Indicó que este respaldo es contratado esencialmente por empresas de construcción o aquellas vinculadas a exportación.
Las pólizas de caución y las cartas fianza funcionan de modo similar, como un respaldo sobre la obligación del contratante. Así, en caso de incumplimiento, el emisor (la aseguradora) deberá cubrir esa deuda.
Tras la publicación de esta norma para la creación de la central de información, que entra en vigor en enero del 2025, la SBS deberá precisar mediante un oficio la fecha de inicio de la remisión de información periódica por parte de las aseguradoras, expresó Garrido.
Arturo García, profesor de Finanzas de Esan, coincide con el abogado en que las pólizas de caución son particularmente utilizadas en las licitaciones que realizan entidades estatales cuando adjudican obras públicas o la prestación de un servicio.
Con ello, suelen solicitar a los postores una garantía de fiel cumplimiento por un porcentaje del valor del contrato, por ejemplo, el 10%, explicó.
“En las centrales de riesgo figura la información de las deudas de un agente económico en el sistema financiero, pero no sobre las cartas fianza y similares emitidas por compañías de seguros”, observó el docente.
Siniestros
Un segundo objetivo, señaló el abogado, es recaudar información detallada de los siniestros. Es decir, qué tanto incumplen con sus respectivos contratos quienes adquieren las cartas fianza o las cauciones.
De ese modo, destacó, las empresas de seguro contarán con más elementos y sabrán si la empresa a la que van a emitir, por ejemplo, una póliza de caución, ha venido cumpliendo con sus obligaciones.
“Se va a poder saber si existe, por ejemplo, mucha más siniestralidad en el caso de contrataciones estatales del sector de carreteras en la costa norte por el fenómeno de El Niño. Es decir, (la central) va a funcionar como una herramienta de información para que haya una correcta evaluación de los riesgos”, enfatizó el abogado.
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Obligaciones
García refirió también que, con esta medida, se está dando mayor información al mercado sobre las obligaciones de una empresa. Si un banco, por ejemplo, está evaluando darle un crédito a una compañía, sería importante saber si el cliente además de una o varias líneas de financiamiento cuenta con cartas fianza emitidas por algunas aseguradoras, comentó.
“Las pólizas de caución y las cartas fianza actúan como créditos indirectos y, al igual que un aval, se ejecutan ante una contingencia. No es una obligación en sí, pero el emisor asume un riesgo crediticio”, sostuvo.
Corrección
Las aseguradoras cuentan con un plazo de 10 días hábiles para remitir una comunicación a la SBS y rectificar los errores en la información reportada en la central. Dicho plazo es contado desde la fecha en que la empresa determina la procedencia del reclamo, en que recibe la notificación de la procedencia de la denuncia presentada ante el Departamento de Servicios al Ciudadano, o en que se detectan errores.
Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.
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